Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32968 >> Fecha 26/10/2005 >> Articulo 93
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 93     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 32968 - Articulo 93
Ir al final de los resultados
Artículo 93
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 93

Artículo 93.—Las relaciones de las asociaciones y organizaciones citadas en el artículo anterior con la Corporación deberán hacerse en forma obligatoria a través de los órganos formales de ésta, o sea, en el caso de los agroindustriales por medio de la asamblea de agroindustriales y en el caso de los productores por medio de las Juntas Regionales.


 

Ir al inicio de los resultados