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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32988 >> Fecha 31/01/2006 >> Articulo 142
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32988 - Articulo 142
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Artículo 142
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Artículo 142

Artículo 142.—Presentación de informes. Dentro de los primeros quince días del mes de enero de cada año, el máximo jerarca de cada una de las instituciones que conforman la Administración Central, remitirá a la Dirección General de la Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el inventario general de los bienes nacionales que se encuentren bajo su administración. Adicionalmente, presentará los informes periódicos que la Dirección General le requiera en el ejercicio de su competencia.


 

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