Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32988 >> Fecha 31/01/2006 >> Articulo 107
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 107     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 32988 - Articulo 107
Ir al final de los resultados
Artículo 107
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 107

Artículo 107.—Política de endeudamiento. Para los efectos del artículo anterior, la Tesorería Nacional estará sujeta a la política de endeudamiento público, de mediano y largo plazo, aprobada por la Autoridad Presupuestaria.


 

Ir al inicio de los resultados