Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32988 >> Fecha 31/01/2006 >> Articulo 38
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 38     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 32988 - Articulo 38
Ir al final de los resultados
Artículo 38
Versión del artículo: 1  de 2
Siguiente
Artículo 38

Artículo 38.—Asignación de recursos financieros. A más tardar el 15 de abril de cada año, previa presentación ante el Consejo de Gobierno, el Ministerio de Hacienda comunicará a los órganos de la Administración Central los lineamientos generales y específicos para la asignación de los recursos financieros del siguiente ejercicio económico.


 

Ir al inicio de los resultados