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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32988 >> Fecha 31/01/2006 >> Articulo 50
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32988 - Articulo 50
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Artículo 50
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SECCIÓN V

SECCIÓN V

Ejecución presupuestaria

 

Artículo 50.—Sujeción. La ejecución presupuestaria se realizará con sujeción a los objetivos, metas y prioridades que previamente se hayan establecido en la programación presupuestaria física y financiera, así como en estricta concordancia con las asignaciones presupuestarias aprobadas en la ley de presupuesto y sus modificaciones.


 

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