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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 32988 >> Fecha 31/01/2006 >> Articulo 90
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Normativa - Decreto Ejecutivo 32988 - Articulo 90
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Artículo 90
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Artículo 90.—Coordinación. Con el propósito de confeccionar los contratos a que se refiere el artículo anterior, la Tesorería Nacional deberá coordinar con las Administraciones Tributarias los aspectos que estén bajo el ámbito de su competencia.


 

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