4ºQue para participar en las elecciones municipales a celebrarse
en los diferentes cantones de la provincia de Limón, inscribieron oportunamente
candidaturas los partidos Acción Ciudadana, Alianza Democrática Nacionalista, Fuerza
Democrática, Integración Nacional, Liberación Nacional, Movimiento Libertario, Patria
Primero, Renovación Costarricense, Unidad Social Cristiana, Unión Nacional y Unión para
el Cambio en todos y cada uno de ellos; el partido Acción Cantonal Siquirres
Independiente en el cantón de Siquirres; el partido Coalición Izquierda Unida en los
cantones Pococí, Siquirres, Talamanca, Matina y Guácimo; el partido Movimiento de
Trabajadores y Campesinos en el cantón Limón Central, Pococí, Siquirres y Guácimo y el
partido Unión Patriótica en los cantones Limón Central, Pococí, Talamanca, Matina y
Guácimo.
5ºQue de conformidad con lo dispuesto, las votaciones se
llevaron a cabo en todos los cantones del país en la fecha supra señalada, habiéndose
recibido el sufragio de los electores en las respectivas Juntas Receptoras de Votos y
remitida a este Tribunal por dichos organismos electorales la correspondiente
documentación para el escrutinio final; y
Considerando:
I.Que practicado por el Tribunal el escrutinio de la
documentación electoral recibida de las Juntas Receptoras de Votos, en lo que a la
elección de Regidores que habrán de integrar las Municipalidades de los cantones de la
Provincia de Limón se refiere, entendiéndose por tal escrutinio el examen de dicha
documentación dirigido a la aprobación o rectificación del cómputo aritmético y legal
de votos que hayan hecho las Juntas a fin de adjudicar a los partidos inscritos el número
de plazas que en la votación les corresponda (artículo 130 del Código Electoral), se
dieron los resultados que se consignan en el cuadro correspondiente a los VOTOS VÁLIDOS
que figura en el folio número 3, de la presente declaratoria.
VOTOS VALIDOS PARA REGIDORES MUNICIPALES, POR CANTON, SEGUN PARTIDO
ELECCIONES 5 DE FEBRERO 2006
CENTRAL POCOCI SIQUIRRES TALAMANCA MATINA GUACIMO TOTAL
COALICION IZQUIERDA UNIDA 0 468 283 92 97 197 1.137
INTEGRACION NACIONAL 389 121 76 97 36 49 768
RENOVACION COSTARRICENSE 1.429 2.484 803 429 1.044 349 6.538
ACCION CIUDADANA 5.361 6.443 2.140 565 722 1.505 16.736
UNION PATRIOTICA 228 113 0 43 97 480 961
UNIDAD SOCIAL CRISTIANA 4.178 2.666 1.459 2.537 1.895 805 13.540
MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y CAMPESINOS 668 639 112 0 0 299 1.718
ALIANZA DEMOCRATICA NACIONALISTA 231 183 41 14 52 31 552
LIBERACION NACIONAL 10.088 11.589 6.400 1.690 2.911 4.018 36.696
PATRIA PRIMERO 475 447 160 32 94 118 1.326
MOVIMIENTO LIBERTARIO 2.966 5.909 1.162 77 785 1.362 12.261
ACCION CANTONAL SIQUIRRES
INDEPENDIENTE 0 0 1.870 0 0 0 1.870
FUERZA DEMOCRATICA 542 1.026 181 104 468 123 2.444
UNION NACIONAL 834 1.271 607 810 416 766 4.704
UNION PARA EL CAMBIO 773 1.304 317 108 294 365 3.161
II.Que la elección de Regidores se determina por el sistema de
cociente y subcociente, entendiéndose por cociente la cifra que se obtiene dividiendo el
total de votos válidos recibidos por cantón entre el número de plazas a llenar en la
elección municipal; y por subcociente la mitad de aquella cifra (artículos 134 y 135 del
Código Electoral), y efectuadas las operaciones correspondientes a cada cantón, se
obtiene el siguiente resultado:
COCIENTE Y SUBCOCIENTE PARA REGIDORES, SEGUN CANTON
ELECCIONES 5 DE FEBRERO 2006
III.Que de conformidad con las reglas establecidas por los
artículos 27, inciso g), 137 y 138 del Código Electoral, a cada partido que haya
concurrido a la votación se le declararán electos en el orden de su colocación en la
lista, por el electorado de que se trate, tantos candidatos como cocientes haya logrado,
haciéndose primero la declaratoria de elección del partido que mayor número de votos
obtuvo en el circuito electoral correspondiente, continuándola en el orden decreciente de
los mismos, de modo tal que si quedaren plazas sin llenar por el sistema de cociente la
distribución de las mismas se hará a favor de los partidos en el orden decreciente de la
cifra residual de su votación, pero incluyendo también aquellos partidos que apenas
alcanzaron subcociente, como si su votación total fuera residual y si aún quedaren
plazas sin llenar se repetirá la operación anterior hasta llenarlas todas.
IV.Que del resultado de los datos que refleja el cuadro que
figura en este mismo folio, obtuvo cociente en la votación municipal verificada en todos
los cantones de la provincia de Limón el partido Liberación Nacional; en los cantones
Central y Pococí el partido Acción Ciudadana; en el cantón de Pococí el partido
Movimiento Libertario; en los cantones Central, Talamanca y Matina el partido Unidad
Social Cristiana. Obtuvieron subcociente en la votación municipal verificada en el
cantón de Siquirres el partido Acción Cantonal Siquirres Independiente; en los cantones
de Siquirres y Guácimo el partido Acción Ciudadana; en los cantones Central, Siquirres y
Guácimo el partido Movimiento Libertario; en los cantones de Pococí y Matina el partido
Renovación Costarricense; en los cantones de Pococí y Siquirres el partido Unidad Social
Cristiana; y en el cantón de Talamanca el partido Unión Nacional. Los restantes partidos
no obtuvieron cociente ni subcociente en los cantones en que participaron.
V.Que mediante la aplicación de tales normas, y practicadas las
operaciones aritméticas del caso, para llegar a determinar el número de cocientes y
subcocientes obtenidos por los partidos políticos que intervinieron en la elección
municipal y sus cifras residuales, tomando en consideración unos y otras, procede hacer
la adjudicación de plazas de Regidores, tanto Propietarios como Suplentes, en los
cantones de la provincia de Limón conforme al cuadro que figura en el folio número 6.
ADJUDICACIONES DE PLAZAS DE REGIDORES MUNICIPALES, POR PARTIDO, SEGUN
CANTON
ELECCIONES 5 DE FEBRERO 2006
RENOVACION COSTARRICENSE ACCION CIUDADANA UNIDAD SOCIAL CRISTIANA
LIBERACION NACIONAL MOVIMIENTO LIBERTARIO ACCION CANTONAL SIQUIRRES INDEPENDIENTE UNION
NACIONAL TOTAL
CENTRAL 0 1 1 3 0 0 0 5 0 1 1 1 1 0 0 4
POCOCI 0 1 0 3 1 0 0 5 1 1 1 0 1 0 0 4
SIQUIRRES 0 0 0 2 0 0 0 2 0 1 1 1 1 1 0 5
TALAMANCA 0 0 1 1 0 0 0 2 0 0 1 1 0 0 1 3
MATINA 0 0 1 1 0 0 0 2 1 0 1 1 0 0 0 3
GUACIMO 0 0 0 1 0 0 0 1 0 1 0 2 1 0 0 4
Nota: El primer valor de cada columna corresponde a los puestos
obtenidos por cociente, el segundo valor corresponde a los puestos obtenidos por cifra
residual
Por tanto,
De conformidad con lo expuesto y con fundamento en las disposiciones de
los artículos 102, inciso 8), 169 y 171 de la Constitución Política; 21 del Código
Municipal; 97, 98 y 99 del Código Electoral, se declaran electos Regidores Propietarios y
Suplentes para integrar las Municipalidades de los cantones de la provincia de Limón para
el período constitucional comprendido entre el primero de mayo del dos mil seis y el
treinta de abril del dos mil diez, a las siguientes personas:
CANTON CENTRAL
REGIDORES PROPIETARIOS
1 MIRIAM MAYELA GARCIA ROJAS
2 MARIA ISABEL ARAYA DURAN
3 HAROL AGUILAR MORALES
4 FERNANDO BLAK HEDGES CONOCIDO COMO FERNANDO BLAKE HEDGES
5 MARLON MIRANDA BLANCO
6 VIANEY SANDI GUERRERO
7 JULIO CESAR CERDAS ARAGON
8 MARIA DE LOS ANGELES DUARTE ULLOA
9 JEFREY FRANCISCO BECKFORD CAMBRONERO CONOCIDO COMO JEFFREY BECKFORD
CAMBRONERO
REGIDORES SUPLENTES
1 JUAN PABLO POVEDA CHINCHILLA
2 ELIZABETH DIAZ BRICEÑO
3 JOSE JOAQUIN ORDOÑEZ CHEVEZ
4 CARLOS MOODIE BRYAN
5 GIOVANA BROWN CUNNINGHAM
6 DANIEL WALTER SARGENT VEGA
7 MARIA DE LOS ANGELES DAVIDSON MADRIZ
8 DIANA KARINNA WILSON DUARTE
9 MARGIE TATIANA PORRAS VEGA
CANTON POCOCI
REGIDORES PROPIETARIOS
1 ROSBIL DANIER ARGUELLO BADILLA
2 EVA ISABEL TORRES MARIN
3 JUAN LUIS GOMEZ GOMEZ
4 VICTOR MANUEL CHACON CHAVES
5 RUTH MERY DIAZ VILLARREAL
6 BERNARDO ANTONIO VEACH DAVIS
7 IVAN ANGULO VARGAS
8 SAMUEL QUIROS ACUÑA
9 LUIS GERARDO VENEGAS AVILA
REGIDORES SUPLENTES
1 MARIA ISABEL RODRIGUEZ RODRIGUEZ
2 RAFAEL ANGEL BENAVIDES ALVARADO
3 GERARDO ROJAS MOLINA
4 ALBERTO ARIAS ROMERO
5 GIOVANNA CALDERON FLORES CONOCIDA COMO GIOVANNA FLORES GAMBOA
6 VIRGINIA HERNANDEZ RIVERA
7 RICARDO ABEL GONZALEZ ARAYA
8 GERARDO MESEN SANCHEZ
9 SILVIA ESPINOZA GONZALEZ
CANTON SIQUIRRES
REGIDORES PROPIETARIOS
1 GEORGIA OTOYA VARGAS
2 EDGAR QUIROS PAEZ
3 JOSE ROBERTO THOMAS SOLIS
4 ALBA PATRICIA SOTO PORTUGUEZ
5 RAUL SANCHEZ JIMENEZ
6 CARLOS ISIDRO UMAÑA ELLIS
7 EDUARDO SAENZ SOLANO
REGIDORES SUPLENTES
1 LUIS ALBERTO LOPEZ HERRERA
2 MARIA CRISTINA AGUILAR SALAS
3 RODRIGO ANTONIO RUIZ JIMENEZ
4 BLANCA NIEVES MONTOYA ROJAS
5 ISABEL OBANDO OBANDO
6 BLANCA LIDIA JIMENEZ GOMEZ
7 ANABELLE RODRIGUEZ CAMPOS
CANTON TALAMANCA
REGIDORES PROPIETARIOS
1 MARVIN ANTONIO GOMEZ BRAN
2 MAYRA OLIVER BLANCO
3 CLEMENTINO VILLANUEVA ZUÑIGA
4 OLGA MIREYA ARAYA ARAYA
5 GEORGE BROWN HUDSON
REGIDORES SUPLENTES
1 ELIZABETH OTAROLA HERRERA
2 RAMON BUITRAGO SALAZAR
3 LAURA ELENA WILSON ROBINSON
4 GERARDO SOTO PORRAS
5 HORACIO GERARDO GAMBOA HERRERA
CANTON MATINA
REGIDORES PROPIETARIOS
1 XINIA MARIA BOGANTES MORALES
2 ENRIQUE DANIEL RICKETTS MORRIS
3 OLIVIER MARTINEZ JUAREZ
4 DIEGO CESPEDES VEGA
5 ROLANDO VILLALOBOS RUIZ
REGIDORES SUPLENTES
1 JOSE MARIA CASTRO HERNANDEZ
2 JEANNETTE GONZALEZ SANDOVAL
3 LIGIA ESTER BARQUERO VILLARREAL
4 RITO GUTIERREZ GOMEZ
5 SARA GAMBOA BOGARIN
CANTON GUACIMO
REGIDORES PROPIETARIOS
1 ANNY CLAUDETT ALVARADO CHAVARRIA
2 NELSON LOBO RODRIGUEZ
3 ALBA NIDIA OROZCO MADRIGAL
4 ERLINDA MARIA QUESADA ANGULO
5 EDUARDO SAMUELS BRENES
REGIDORES SUPLENTES
1 ROMA CLARET GONZALEZ ARIAS
2 NORMAN HENRY WALCOTT
3 LUIS GUILLERMO JIMENEZ VARGAS
4 LAURITA LOPEZ LOPEZ
5 ALBERT EDUARD AUSTIN RID
Comuníquese esta declaratoria a las personas electas y al Poder
Ejecutivo, de conformidad con los artículos 19, inciso d), y 147 del Código Electoral.
Comuníquese asimismo a los Poderes Legislativo y Judicial.
Consígnese en el Libro de Actas y publíquese en el Diario Oficial.-