Manual de EIA IV Anexo 2
Manual de EIA IV Anexo 2
Instructivo para la valoración de impactos ambientales
1. Marco de aplicación
1.1 Se presenta el conjunto de pasos metodológicos a aplicar para
valorar impactos ambientales. La finalidad básica es que los EsIA desarrollen como común
denominador esta metodología.
1.2 El equipo consultor ambiental que preparara un instrumento de
evaluación ambiental, en que se solicita la valoración de impactos ambientales deberá,
como mínimo, aplicar la metodología que aquí se presenta, sin detrimento de utilizar
otra metodología de valoración como complemento a esta, debidamente justificada y
explicada en detalle.
1.3 La metodología propuesta establece la denominada Matriz de
Importancia de Impacto Ambiental (MIIA), utilizada por la SETENA desde el año 1997,
según su Resolución 588 - 1997. No obstante, en el presente documento dicha metodología
se moderniza y complementa según datos recientes publicados en la bibliografía
disponible sobre el tema, en particular en Europa.
1.4 Aunque la valoración ambiental establecida en el análisis de
Importancia de Impacto Ambiental, su aplicación tiene aspectos positivos, a parte de que
estandariza la valoración de impacto ambiental en nuestro país, conduce al grupo
consultor a hacer una valoración integral de los impactos, a replantearse la situación
en caso de que se determinen impactos significativos y a buscar soluciones.
1.5 El establecimiento de una adecuada MIIA por parte del grupo
consultor permite hacer un resumen claro de los efectos del proyecto y su significancia.
Deja claro la opinión del consultor sobre el impacto a producir, y permite a la SETENA
revisar, analizar y evaluar con mayor celeridad el proceso.
2. La Matriz de Importancia de Impactos Ambientales (MIIA)
2.1 Una vez identificadas las acciones y los factores/aspectos del
ambiente que, presumiblemente, serán impactados por aquellas, la matriz de importancia
permite obtener una valoración cualitativa para un EsIA u otros instrumentos de
evaluación ambiental.
2.2 Una vez identificados los posibles impactos, se hace preciso una
previsión y valoración de los mismos. El EsIA, es un mecanismo fundamentalmente
analítico, de investigación prospectiva de lo que puede ocurrir, por lo que la
clarificación de todos los aspectos que lo definen incluyendo los impactos
(interrelación acción del proyectofactor/ aspecto ambiental), es absolutamente
necesaria.
2.3 La valoración cualitativa se efectuara a partir de la matriz de
impactos.
Cada casilla de cruce en la matriz o elemento tipo, nos dará una idea
del efecto de cada acción impactante sobre cada factor y aspecto ambiental impactado
(Fig.1).
3. Elemento tipo de la matriz de importancia
3.1 Los elementos de la matriz de importancia identifican el impacto
ambiental generado por una acción simple de una actividad (Ai) sobre un factor ambiental
considerado (Fj).
3.2 En este estadio de valoración, se mide el impacto, con base en el
grado de manifestación cualitativa del efecto que queda reflejado en lo que
definimos como importancia del impacto.
3.3 La importancia del impacto es pues, la relación mediante la cual
se mide cualitativamente el impacto ambiental, en función tanto del grado de incidencia o
intensidad de la alteración producida, como la caracterización del efecto, que responde
a su vez a una serie de atributos de tipo cualitativo, tales como extensión, tipo de
efecto, plazo de manifestación, persistencia, reversibilidad, recuperabilidad, sinergia,
acumulación y periodicidad (Tabla Nº 1).
3.4 Los elementos tipos, o casilla de cruce de la matriz (figuras 1 y
2), estarán ocupados por la valoración correspondiente a once símbolos siguiendo el
orden espacial plasmado en la Tabla Nº 2 y Nº 3, a los que se añade uno más que
sintetiza en una cifra la importancia del impacto en función de los once primeros
símbolos anteriores. De estos once símbolos, el primero corresponde al signo o
naturaleza del efecto, el segundo representa el grado de incidencia o intensidad del
mismo, reflejando los nueve siguientes, los atributos que caracterizan a dicho efecto.
Tabla Nº 1
Relaciones que caracterizan el impacto ambiental
IMPACTO
AMBIENTAL |
SIGNO |
Positivo +
Negativo
Indeterminado *
Mutable, Relativo,
Dependiente. |
|
|
|
|
|
Grado de
incidencia |
Intensidad |
|
VALOR (GRADO
DE MANI FESTACIÓN) |
IMPORTANCIA
(GRADO DE MANIFESTACIÓN CUALITATIVA) |
Caracterización
|
Extensión
Plazo de
Manifestación
Persistencia
Reversibilidad
Sinergia
Acumulación
Efecto
Periodicidad |
Recuperabilidad |
|
MAGNITUD
(GRADO DE MANIFESTACIÓN CUANTITATIVA) |
|
Cantidad
Cantidad |
Tabla Nº 2
Situación espacial de los doce símbolos de un elemento tipo
+ |
|
- |
IN |
EX |
MO |
PE |
RV |
SI |
AC |
EF |
PR |
MC |
I |
3.5 Se debe advertir que la importancia del impacto no puede
confundirse con la importancia del factor afectado, la cual debe determinarse en el
Instrumento de Evaluación de Impacto Ambiental, mediante el análisis multidisciplinario
del entorno, sus características y potenciales afectaciones.
3.6 A continuación se describe el significado de los mencionados
símbolos que conforman el elemento tipo de la matriz de valoración cualitativa o matriz
de importancia.
4. Signo
4.1 El signo de efecto, y por lo tanto del impacto hace alusión al
carácter beneficioso (+) o perjudicial (-) de las distintas acciones que
actúan sobre los distintos factores considerados.
4.2 Existe la posibilidad de incluir, en algunos casos concretos,
debidamente justificados y argumentados, un tercer carácter (*), que reflejaría efectos
asociados con circunstancias externas a la actividad, de manera que solamente a través de
un estudio global de todas ellas sería posible conocer su naturaleza dañina o
beneficiosa.
4.3 Al evaluar una actividad, obra o proyecto se estudian los impactos
perjudiciales, o sea los que presentan signo (-). Si éstos superan los estándares
preestablecidos, en particular en función del marco regulatorio, se deberá contemplar la
introducción de medidas correctoras que den lugar a impactos beneficiosos (+), que
reduzcan o anulen los efectos de aquellos.
5. Intensidad (IN)
5.1 Este término se refiere al grado de incidencia de la
acción sobre el factor, en el ámbito específico que actúa. La escala de valoración
estará comprendida entre 1 y 12, en la que el 12 expresará una destrucción total
del factor en el área en la que se produce el efecto (APtotal), y el 1 una afectación
mínima. Los valores comprendidos entre esos dos términos reflejarán situaciones
intermedias, las cuales deben ser debidamente justificadas y argumentadas.
5.2 Debe tomarse en cuenta que esta valoración se realiza en función
de porcentaje del área del proyecto (AP y/o sus áreas de influencia, cuando aplique) que
está siendo directamente afectada.
6. Extensión (EX)
6.1 Se refiere al área de influencia teórica del impacto en relación
con el entorno de la actividad (porcentaje de área, respecto al entorno, en que se
manifiesta el efecto). En Costa Rica se utilizará como referencia para cuantificación el
Área de Influencia Directa (AID) Biofísica y Social.
6.2 Si la acción produce un efecto muy localizado, se considerará que
el impacto tiene un carácter Puntual (1). Si, por el contrario, el efecto no admite una
ubicación precisa dentro del entorno de la actividad, teniendo una influencia
generalizada en todo él, el impacto será Total (8), considerando las situaciones
intermedias, según su gradación, como impacto Parcial (2) y Extenso (4).
6.3 En el caso de que el efecto, se produzca en un lugar crítico
(vertido próximo y aguas arriba de una toma de agua, degradación paisajística en una
zona muy visitada o cerca de un centro urbano, etc.), se le atribuirá un valor de 4
unidades por encima del que le correspondería en función del porcentaje de extensión en
que se manifiesta. Si además de crítico, el efecto es peligroso y sin posibilidad de
introducir medidas correctoras, habrá que buscar inmediatamente otra alternativa a la
operación, o proceso de la actividad que da lugar al efecto, anulando la causa que lo
produce.
7. Momento (MO)
7.1 El plazo de manifestación del impacto alude al tiempo que
transcurre entre la aparición de la acción (to) y el comienzo del efecto (tj) sobre el
factor /aspecto ambiental considerado.
7.2 Cuando el tiempo transcurrido sea nulo, el momento será inmediato,
y si es inferior a un año, corto plazo, asignándole en ambos casos un valor (4). Si es
un periodo de tiempo que va de 1 a 5 años, medio plazo (2), y si el efecto tarda en
manifestarse más de 5 años, largo plazo, con valor asignado de (1).
7.3 Si concurriese alguna circunstancia que hiciese crítico el momento
del impacto, cabría atribuirle un valor cuatro unidades por encima de las especificadas
(ruido por la noche en las proximidades de un centro hospitalario -inmediato-, previsible
aparición de una plaga o efecto pernicioso en una explotación justo antes de la
recolección -medio plazo-).
8. Persistencia (PE)
8.1 Se refiere al tiempo que, permanecería el efecto desde su
aparición y, a partir del cual el factor afectado retornaría a las condiciones iniciales
previas a la acción por medio naturales, o mediante la introducción de medidas
correctoras.
8.2 Si la permanencia del efecto tiene lugar durante menos de un año,
consideramos que la acción produce un efecto fugaz, asignándole un valor (1). Si dura
entre 1 y 5 años, temporal (2); y si el efecto tiene una duración superior a los 5
años, consideramos el efecto como permanente asignándole un valor (4).
8.3 La persistencia, es independiente de la reversibilidad.
8.4 Un efecto permanente (contaminación permanente del agua de un río
consecuencia de los vertidos de una industria), puede ser reversible (el agua del río
recupera su calidad ambiental si cesa la acción como consecuencia de una mejora en el
proceso industrial), o irreversible (el efecto de la tala de árboles ejemplares es un
efecto permanente irreversible, ya que no se recupera la calidad ambiental después de
proceder a la tala). Por el contrario, un efecto irreversible (perdida de la calidad
paisajística por destrucción de un jardín durante la fase de construcción de
infraestructura), puede presentar una persistencia temporal, (retorno a las condiciones
iniciales por implantamiento de un nuevo jardín una vez finalizadas las obras).
8.5 Los efectos fugaces y temporales son casi siempre reversibles o
recuperables.
9. Reversibilidad (RV)
9.1 Se refiere a la posibilidad de reconstrucción del factor afectado
como consecuencia de la acción acometida, es decir, la posibilidad de retornar a las
condiciones iniciales previas a la acción, por medios naturales, una vez aquella
deja de actuar sobre el medio.
9.2 Si es corto plazo, es decir menos de un año, se le asigna un valor
(1), si es a medio plazo, es decir un período que va de 1 a 5 años (2) y si el efecto es
irreversible, o dura más de 5 años, le asignamos el valor (4). Los intervalos de tiempo
que comprenden estos periodos, son idénticos a los asignados en el parámetro anterior.
10. Recuperabilidad (MC)
10.1 Se refiere a la posibilidad de reconstrucción, total o parcial,
del factor afectado como consecuencia de la actividad acometida, es decir las
pasibilidades a retornar a las condiciones iniciales previas a la acción, por medio de
la intervención humana (introducción de medidas correctoras).
10.2 Si el efecto es totalmente recuperable, y si lo es de manera
inmediata, se le asigna un valor de 1, o un valor de 2, si lo es a mediano plazo, si la
recuperación es parcial y el efecto es mitigable, toma un valor de 4; cuando el efecto es
irrecuperable (alteración imposible de reparar, tanto por acción natural como por la
humana) le asignamos el valor de 8. En el caso de ser irrecuperables, pero existe la
posibilidad de introducir medidas compensatorias, el valor será de 4.
11. Sinergia (SI) 11.1 Este atributo contempla el reforzamiento de
dos o más efectos simples. El componente total de la manifestación de los efectos
simples, provocada por acciones que actúan simultáneamente, es superior a la que cabría
de esperar de la manifestación de efectos cuando las acciones que las provoca actúan de
manera independiente y no simultánea. (La dosis letal de un producto A, es DLA y la de un
producto B, DLB. Aplicados simultáneamente la dosis letal de ambos productos DLAB es
mayor que DLA + DLB).
11.3 Cuando una acción actuando sobre un factor, no es sinérgica con
otras acciones que actúan sobre el mismo factor, el atributo toma el valor de 1, si
presenta un sinergismo moderado, toma el valor de 2 y si es altamente sinérgico deberá
asignársele un valor de 4.
11.4 Cuando se presentan casos de debilitamiento, la valoración
del efecto presentará valores de signo negativo, reduciendo al final el valor de la
Importancia del Impacto.
12. Acumulación (Ac)
12.1 Este atributo da la idea del incremento progresivo de la
manifestación del efecto, cuando persiste de forma continuada o reiterada la
acción que lo genera. (La ingestión reiterada de DDT, al no eliminarse de los tejidos,
da lugar a un incremento progresivo de su presencia y de sus consecuencias, llegando a
producir la muerte).
12.2 Cuando una acción no produce efectos acumulativos (acumulación
simple), el efecto se valora como (1). Si el efecto producido es acumulativo el valor se
incrementa a (4)
13. Efecto (EF)
13.1 Este atributo se refiere a la relación causa-efecto en términos
de su direccionalidad, o sea a la forma de manifestación del efecto sobre un factor, como
consecuencia de una acción. Un impacto puede ser directo e indirecto al mismo tiempo,
aunque en factores distintos, dado que la escala es excluyente, y no se valora el hecho de
que pueda ser directo e indirecto, hay que hacer la valoración excluyente.
13.2 El efecto puede ser directo o primario, siendo en este caso la
repercusión de la acción consecuencia directa de ésta, se le asigna un valor de 4. (La
emisión de CO, impacta sobre el aire del entorno).
13.3 En caso de que se presente un efecto indirecto o secundario, es
decir que tiene lugar a partir de un efecto primario, y no existe un efecto directo
asociado a esa misma acción, se le asigna al impacto un valor de 1. Su manifestación no
es consecuencia directa de la acción, sino que tiene lugar a partir de un efecto
primario, actuando éste como una acción de segundo orden. (La emisión de
fluorocarbonos, impacta de manera directa sobre la calidad del aire del entorno y de
manera indirecta o secundaria sobre el espesor de la capa de ozono).
14. Periodicidad (PR)
14.1 La periodicidad se refiere a la regularidad de manifestación del
efecto, bien sea de manera cíclica o recurrente (efecto periódico), de forma esporádica
en el tiempo (efecto irregular), o constante en el tiempo (continuo).
14.2 A los efectos continuos se les asigna un valor de 4, a los
periódicos un valor de 2, y a los de aparición irregular, que deben evaluarse en
términos de probabilidad de ocurrencia, así como a los discontinuos un valor de 1.
14.3 Un ejemplo de efectos continuo, es la ocupación de un espacio
consecuencia de una construcción. El incremento de los incendios forestales durante la
época seca, es un efecto periódico, intermitente y continuo en el tiempo. El incremento
del riesgo de incendios, consecuencia de una mejor accesibilidad a una zona forestal, es
un efecto de aparición irregular, no periódico, ni continuo pero de gravedad
excepcional.
15. Importancia del impacto (I)
15.1 Ya se ha apuntado que la importancia del impacto, o sea, la
importancia del efecto de una acción sobre un factor/aspecto ambiental, no debe
confundirse con la importancia del factor ambiental afectado.
15.2 La importancia del impacto viene representado por un número que
se deduce mediante el modelo propuesto en el Tabla Nº 3, en función del valor asignado a
los símbolos considerados.
I = ± [IN + 2 EX + MO + PE + PV + SI + AC + EF + PR + MC]
15.3 La importancia del impacto toma valores entre 13 y 100.
15.4 Presenta valores intermedios (entre 40 y 60) cuando se da alguna
de las siguientes circunstancias:
- Intensidad total, y afección mínima de los restantes símbolos.
- Intensidad muy alta o alta, y afección alta o muy alta de los
restantes símbolos.
- Intensidad alta, efecto irrecuperable y afección muy alta de alguno
de los restantes símbolos.
- Intensidad media o baja, efecto irrecuperable y afección muy alta de
al menos dos de los restantes símbolos.
15.5 Los impactos con valores de importancia inferiores a 25 son
irrelevantes o sea, compatibles, o bien las medidas ambientales se contemplaron en el
diseño del proyecto. Los impactos moderados presentan una importancia entre 25 y 50.
Serán severos cuando la importancia se encuentre entre 50 y 75 y críticos cuando el
valor sea superior a 75.
16. Banderas Rojas
16.1 En aquellas casillas de cruce que correspondan a los impactos más
importantes, o que se produzcan en lugares o momentos críticos y sean de imposible
corrección, que darán lugar a las mayores puntuaciones en el recuadro relativo a la
importancia, se le superpondrán las llamadas Alertas o Banderas Rojas, para llamar la
atención sobre el efecto y buscar alternativas, en los procesos productivos de la
actividad, obra o proyecto, que eliminen la causa o la permuten por otra de efectos menos
dañinos.
16.2 No deben confundirse las nuevas alternativas a ciertos aspectos de
la actividad (cambio de accesos, cambio de situación de una construcción,...) que dan
lugar a la desaparición de acciones impactantes, con la introducción de medidas
correctoras que actúan directamente sobre el agente causante, anulando o paliando sus
efectos o dando lugar a una nueva acción que impacta de manera positiva ya nula o palia
los efectos de otra acción impactante (siguiendo con el ejemplo anterior, persisten los
accesos pero se les rodea de vegetación y arbolado, la construcción sigue en la
situación primitiva pero se insonorizan ciertas instalaciones para evitar la
contaminación acústica).
Tabla Nº 3
Datos básicos para la valoración de impactos ambientales
NATURALEZA |
INTENSIDAD
(IN) |
- Impacto
beneficioso |
+ |
(Grado
de Destrucción) |
- Impacto
perjudicial |
- |
- Baja |
1 |
|
|
- Media |
2 |
|
|
- Alta |
4 |
|
|
- Muy alta |
8 |
|
|
- Total |
12 |
EXTENSIÓN
(EX) |
MOMENTO
(MO) |
(Área
de influencia) |
(Plazo
de manifestación) |
- Puntual |
1 |
|
|
- Parcial |
2 |
- Largo plazo |
1 |
- Extenso |
4 |
- Medio plazo |
2 |
- Total |
8 |
- Inmediato |
4 |
- Crítica |
(+4) |
- Crítico |
(+4) |
PERSISTENCIA
(PE) |
REVERSIBILIDAD
(RV) |
(Pe
rmanencia del efecto) |
- Corto plazo |
1 |
- Fugaz |
1 |
- Medio plazo |
2 |
- Temporal |
2 |
- Irreversible |
4 |
- Permanente |
4 |
|
|
SINERGIA(SI) |
ACUMULACIÓN
(AC) |
(Potenciación
de la manifestación) |
(Incremento
progresivo) |
- Sin
sinergismo (simple) |
1 |
- Simple |
1 |
- Sinérgico |
2 |
- Acumulativo |
4 |
- Muy
sinérgico |
4 |
|
|
EFECTO
(EF) |
PERIODICIDAD
(PR) |
(Relación
causa-efecto) |
(Regularidad
de la manifestación) |
- Indirecto
(secundario) |
1 |
- Irregular,
esporádico o aperiódico y discontinuo |
1 |
- Directo |
4 |
- Periódico |
2 |
|
|
- Continuo |
4 |
RECUPERABILIDAD
(MC) |
IMPORTANCIA
(I) |
(Reconstrucción
por medios humanos) |
|
- Recuperable
inmediato |
1 |
I
= ± [ 3 IN + 2EX + MO + PE + PV |
- Recuperable
medio plazo |
2 |
+
SI + AC + EF + PR + MC] |
- Recuperable
parcialmente, Mitigable y/o compensable |
4 |
|
-
Irrecuperable |
8 |
|
17. Medidas correctoras y compensatorias (MC)
17.1 Definimos como medidas correctoras, la introducción,
incorporación, o modificación de procesos y actuaciones sobre la actividad o sobre el
medio ambiente con el fin de:
a) Explotar en mayor medida las oportunidades que brinda el medio en
aras al mejor logro ambiental de la actividad.
b) Anular, atenuar, evitar, corregir o compensar los efectos negativos
que las acciones derivadas de la actividad producen sobre el medio ambiente, en el entorno
de aquellas.
c) Incrementar, mejorar y potenciar los efectos positivos que pudieran
existir.
17.2 Según el carácter con el que actúan distinguimos entre:
a) Medidas protectoras, que evitan la apariencia del efecto modificando
los elementos definitorios de la actividad (tecnología, diseño, traslado, tamaño,
materias primas...)
b) Medidas correctoras de impactos recuperables, dirigidas a anular,
atenuar, corregir o modificar las acciones y efectos sobre:
1) Procesos productivos (técnicos...)
2) Condiciones de funcionamiento (filtros, insonorizaciones, normas de
seguridad...)
3) Factores del medio como agente transmisor (auspiciar dispersión
atmosférica, dilución...)
4) Factores del medio como agente receptor (aumento de caudal,
aireación de las aguas,...)
5) Otros parámetros (modificación del efecto hacia otro de menos
magnitud o importancia)
c) Medidas compensatorias de impactos irrecuperables e inevitables, que
no evitan la aparición del efecto, ni no anulan o atenúan, pero contrapesan de alguna
manera la alteración del factor (pago por contaminar, creación de zonas verdes), sujeto
a aprobación por la autoridad correspondiente.
17.3 De acuerdo con la gravedad y el tipo de impacto las medidas
correctoras se consideran:
a) Posibles, siempre que tiendan a la corrección de impactos
recuperables.
b) Obligatorias, que corrigen impactos recuperables, ambientalmente
inadmisibles, hasta alcanzar los estándares adoptados o legalmente establecidos.
c) Convenientes, para atenuar impactos recuperables, ambientalmente
admisibles.
d) Imposibles, cuando se trata de impactos irrecuperables,
ambientalmente inadmisibles, o bien cuando no atañen directamente a la mitigación del
efecto.
17.4 Atendiendo a la porción del entorno en la que actúan, se
considera que se pueden introducir:
a) Únicamente en la zona donde se desarrolla la actividad o tiene
lugar la actuación (insonoración de una sala de máquinas).
b) En un ámbito más o menos importante del entorno, traspasando el
ámbito donde se desarrolla la actividad (impermeabilización de un vertedero para evitar
contaminación de agua en un manantial que abastece una actividad de embotellado).
c) En áreas externas a la zona de actuación (barreras visuales en una
carretera...).
17.5 Según el número de factores alterados que se pretende corregir
diferenciamos entre:
a) Monovalentes, que evitan o atenúan el efecto de una o más acciones
sobre un solo factor.
b) Polivalentes, que actúan sobre efectos que alteran la calidad
ambiental de dos o más factores (las medidas contra la erosión, actúan simultáneamente
sobre la revegetación, paisaje, destino de las escorrentías,...)
17.6 Se estudiarán en profundidad las medidas a introducir en el
sistema de gestión ambiental de la organización, en el plan de auditorías y sobre todo
en el desarrollo de la actividad, agrupándolas en:
a) Medidas dirigidas a mejorar el diseño.
b) Medidas para mejorar el funcionamiento durante la fase operacional.
c) Medidas dirigidas a mejorar la capacidad de acogida del Medio.
d) Medidas dirigidas a la recuperación de impactos inevitables.
e) Medias compensatorias para los factores afectados por efectos
inevitables e incorregibles.
f) Medidas previstas para el momento de abandono de la actividad al
final de su vida útil.
g) Medidas para el control y la vigilancia ambiental, durante las
fases, funcionamiento y abandono.
18. Matriz de importancia depurada
18.1 La matriz de importancia (Fig. 2), se obtiene a partir de la
matriz de impactos (Fig. 1), cuantificando cada una de las casillas de cruce de ésta, con
base en el algoritmo expuesto en el epígrafe Nº 15.2 y en la Tabla Nº 3.
18.2 Una vez obtenida la matriz de importancia, pueden aparecer efectos
de diversa índole en cuanto a su relevancia y posibilidad de cuantificación, que nos
aconsejen un tratamiento individualizado al margen de aquella.
18.3 Como bloques principales se distinguen:
a) Casillas de cruce que presentan efectos con valores poco relevantes
(impactos compatibles) y que en EIA concretas interesa no tener en cuenta. Estos efectos
despreciables se excluyen del proceso de cálculo y se ignoran en el conjunto de la
evaluación. La instrumentación en el modelo consiste en la introducción de un tamiz,
que no es sino un valor de importancia por debajo del cual no se consideran los efectos.
La matriz una vez tamizada, presenta únicamente los efectos que sobrepasen un umbral
mínimo de importancia.
b) Casillas de cruce que presentan efectos sumamente importantes y
determinantes, rebasando ampliamente los estándares establecidos. Estos efectos, en el
caso de que no puedan ser atenuados o minimizados mediante la incorporación de las
pertinentes medidas correctoras, se excluyen del proceso de cálculo, ya que en base a su
relevancia, entidad y significación, su tratamiento homogéneo con los demás efectos
plasmados en la matriz, podría enmascarar su papel preponderante. Se consideran
paralelamente al modelo, interviniendo de forma determinante en la toma de decisiones.
c) Casillas de cruce que presentan efectos cualitativos que
corresponden a factores de naturaleza intangible y para los que no se dispone de un
indicador razonablemente representativo.
Estos efectos quedan incluidos como normales en la matriz de
importancia y son valorados cualitativamente, aunque al proceder a la valoración
cuantitativa se excluyen del proceso de cálculo, pero se consideran paralelamente al
modelo, y como componente del mismo en el proceso de evaluación, interviniendo,
obviamente, en la toma de decisiones.
d) Casillas de cruce que presentan efectos normales, tomando como tales
a los no incluidos en los bloques anteriores. Estos efectos son los que quedan incluidos
en el proceso de cálculo establecido en el modelo valorativo, tanto cualitativo como
cuantitativo.
18.4 En conjunto de casillas de cruce que presentan efectos normales,
componen la matriz de importancia propiamente dicha, también llamada matriz de cálculo o
matriz de importancia depurada.
19. Valoración cualitativa
19.1 Establecido en los apartados anteriores el método requerido para
llevar a cabo la valoración cualitativa de los impactos en cada elemento tipo, se
establece ahora la valoración cualitativa de cada una de las acciones que han sido causa
de impacto y a su vez de los factores/aspectos ambientales que han sido objetos de
impacto.
19.2 La suma algebraica de la importancia del impacto de cada elemento
tipo por columnas, identificará las acciones más agresivas (altos valores negativos),
las poco agresivas (bajos valores negativos) y las beneficiosas (valores positivos),
pudiendo analizarse las mismas según sus efectos sobre los distintos subsistemas.
19.3 Asimismo, la suma de la importancia del impacto de cada elemento
tipo por filas, nos indicará los factores ambientales que sufren en mayor o menor medida
las consecuencias de la realización del proyecto, obra o actividad (columna n+1 de las
Figuras 1 y 2).
19.4 Por adición de éstos, y en las filas correspondientes, vendrán
indicados los efectos totales causados en los distintos componentes y subsistemas
presentes en la matriz de impactos. Como ya se ha dicho, el impacto final es la diferencia
entre la situación del ambiente modificado por causa del proyecto, obra o actividad y la
situación tal y como habría evolucionado sin la presencia de aquél.
19.5 Los impactos causados por el proyecto, obra o actividad se
estudiarán para el periodo de construcción, para la fase de funcionamiento y la fase de
cierre o derribo cuando las circunstancias así lo requieran.
19.6 En la situación final de funcionamiento, la diferencia entre la
situación del medio ambiente con y sin proyecto, obra o actividad, es debida, no sólo al
efecto de las acciones impactantes en la propia fase de funcionamiento, sino también al
efecto de alguna acción irreversible o de efecto continuado estudiado en la fase de
construcción (por ejemplo, la tala de árboles y la construcción de accesos viales,
tienen lugar en la fase de construcción, pero intervienen al deterioro del Ambiente en la
situación final). Este tipo de acciones se reflejan con el signo * en el elemento tipo, y
su importancia total se expondrá en la columna n+2 de la Figura 2.
19.7 En la columna n+3 de la Figura 2, se relacionan los efectos
finales sobre los factores ambientales y se obtiene como suma de la importancia del
impacto en la fase de funcionamiento (columna n+1 de la Fig. 2) y la importancia del
impacto de las acciones cuyo efecto es irreversible o permanente durante largo plazo o a
lo largo de la vida del proyecto (columna n+2 de la Fig. 2), aunque tengan lugar durante
la fase de construcción.
19.8 Con base en este tipo de evaluación cualitativa, se debe elaborar
un apartado, en el que serán objeto de especial atención aquellas acciones consideradas
como más agresivas, las alternativas a unidades de obra del proyecto y las medidas
correctoras propuestas.
(Ver figura 1 y 2 en la Gaceta impresa N°85 del 04 de mayo del 2006).
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