Artículo
27.—Son funciones y obligaciones del Director General las siguientes:
a. Tendrá la responsabilidad técnica y
administrativa de todas las actividades institucionales que son competencia del
Instituto, así como la determinación de las funciones que podrá delegar.
b. Proveer a la Junta Directiva de los
insumos requeridos para la determinación de las políticas institucionales.
c. Elaborar, en coordinación con el
Área de Desarrollo Institucional, el Plan Estratégico y Operativo Institucional
de acuerdo con las prioridades establecidas por la Junta Directiva.
d. Garantizar la aplicación de la
normativa legal, técnica y operativa que regula actividad del Instituto.
e. Garantizar en coordinación con los
responsables de las áreas la ejecución del plan institucional, tanto a nivel
estratégico como operativo.
f. Comunicar los acuerdos de la Junta
Directiva a las instancias correspondientes, velar por su efectivo cumplimiento
e informar periódicamente a la Junta Directiva acerca de los resultados
obtenidos.
g. Impulsar el mejoramiento y
desarrollo de la imagen institucional.
h. Llevar a cabo las acciones
necesarias con los diversos actores sociales que permitan el cumplimiento de
las políticas institucionales, sectoriales y nacionales, relacionadas con la
problemática del alcohol, tabaco y otras drogas.
i. Coordinar el funcionamiento del
Consejo de Jefaturas, integrado por los Coordinadores y sus inmediatos
colaboradores, quienes apoyarán a la Dirección General en el desempeño de sus
funciones.
j. Garantizar el efectivo
funcionamiento del sistema de control interno institucional, según la normativa
técnica dictada por la Contraloría General de la República y la normativa
vigente.
k. Supervisar por medio de informes el
efectivo cumplimiento de los compromisos asignados a la Institución, contenidos
en el Plan Nacional de Desarrollo, Plan Nacional de Salud, Plan Nacional Sobre
Drogas y los demás que la normativa legal le asigne en lo que respecta a sus
funciones.
l. Valorar y recomendar a la Junta
Directiva el trámite y la suscripción de convenios, contratos y otros
instrumentos jurídicos y velar por su cumplimiento.
m. Presentar a la Junta Directiva
el Plan Anual de Trabajo, el Informe Anual de Labores y el presupuesto del
Instituto para su respectiva aprobación, así como sus modificaciones.
n. Presentar ante la Junta Directiva
el primer mes de cada año, el Informe Anual Ejecutivo de Labores de la
Dirección General.
ñ. Nombrar los representantes
institucionales en las comisiones externas y las comisiones de trabajo internas
que se requieran.
o. Autorizar todo movimiento del
personal técnico y administrativo de la Institución, de conformidad con los
reglamentos y leyes aplicables.