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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33070 >> Fecha 04/01/2006 >> Articulo 37
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33070 - Articulo 37
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Artículo 37
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Artículo 37

Artículo 37.—El Coordinador del Área de Apoyo Institucional deberá poseer Licenciatura en Ciencias Económicas y/o Administrativas, preferiblemente con experiencia en el campo de la Comunicación Colectiva, debidamente incorporado al Colegio Profesional respectivo.


 

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