Artículo
100.-Integración del Tribunal
El
Tribunal de Procedimiento Administrativo Sancionador estará integrado por tres
miembros propietarios y tres suplentes, todos de nombramiento del ministro de
Agricultura y Ganadería, por un período de cuatro años.
Serán juramentados por el ministro de Agricultura y Ganadería.
(Así
adicionado por el artículo 27 de la ley "Control
de Ganado Bovino, prevención y sanción de su Robo, Hurto y Receptación",
N° 8799 del 17 de abril de 2010)
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