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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33114 >> Fecha 16/03/2006 >> Articulo 20
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33114 - Articulo 20
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Artículo 20
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Artículo 20

Artículo 20.—Reajuste de precios por método analítico. El reajuste de precios por método analítico se aplicará únicamente cuando la Administración Contratante establece insumos y servicios específicos en la estructura del precio de los documentos de la licitación. 

Para estos efectos, el contratista deberá adjuntar a su oferta y en su solicitud de reajuste la documentación fidedigna procedente del proveedor de cada uno de los insumos o servicios declarados como especiales. El rubro mediante el método analítico solamente se reajustará cuando se realice el desembolso o la incorporación a la obra, por parte del contratista, de los insumos o servicios específicos.

Para la determinación del monto a reajustar por concepto de insumos y servicios especiales la Administración Contratante aplicará la siguiente fórmula para cada uno de los insumos o servicios específicos declarados en el cartel y la estructura de costos de su oferta:

En donde,

 

P1 Representa el precio de cada unidad de los insumos y servicios específicos (i) empleados o incorporados en el mes en que se ejecuta la obra. La documentación de soporte deberá ser aportada por el contratista y verificada por la Administración.

 

Po Representa el precio de cada unidad de los insumos y servicios específicos (i) en la fecha de presentación de ofertas. 

 

En caso de que la Administración Contratante se vea imposibilitada para verificar el monto de reajuste a pagar correspondiente a insumos y servicios específicos, dentro del plazo establecido para la revisión y pago de los reajustes de precios, procederá a pagar al contratista la porción del monto del reajuste que se calcula mediante índices de precios. La Administración Contratante dispondrá de un plazo adicional de 30 días naturales como máximo, para verificar el monto de reajuste y pagar el monto de la porción del reajuste correspondiente a insumos y servicios específicos.


 

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