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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33096 >> Fecha 14/03/2006 >> Articulo 9
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<<     Artículo 9     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 33096 - Articulo 9
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Artículo 9    (No vigente*)
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Artículo 9º—Se insta a todas las entidades del Sector Ambiente y Energía, y las entidades públicas en general, a fin de que incursionen en proveer, instalar, desarrollar, ajustar, modernizar y actualizar la infraestructura, instalaciones y equipamiento necesario para la efectiva operación y mantenimiento, así como la recarga de los vehículos eléctricos, híbridos, gas natural y gas de petróleo licuado.

(Así adicionado por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 37822 del 17 de julio de 2013)

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