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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33146 >> Fecha 24/05/2006 >> Articulo 4
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33146 - Articulo 4
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Artículo 4
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Artículo 4º—Vigencia

Artículo 4º—Vigencia. El presente decreto rige a partir de su publicación.

Dado en San José, a los veinticuatro días del mes de mayo del dos mil seis.

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