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Artículo 6º.- El Ministerio de Educación Pública, con la colaboración
del INFOCOOP y con el apoyo de las organizaciones gremiales de educadores,
tendrá a su cargo la capacitación de los educadores en servicio, mediante
cursos especiales sobre cooperativismo. La capacitación cooperativa que
reciban los educadores será un crédito por considerar en el Régimen del
Servicio Civil, a la hora de seleccionarlos y calificarlos.
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