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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33102 >> Fecha 16/01/2006 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33102 - Articulo 11
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Artículo 11
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Artículo 11

Artículo 11.—Obligación de cumplir: Todo establecimiento, una vez aprobado, deberá mantenerse en el cumplimiento de las directrices u órdenes que emita la Dirección de Salud Animal a través del Departamento de Cuarentena Animal y cumplir con las recomendaciones e instrucciones que sean emitidas por los Médicos Veterinarios Oficiales en sus correspondientes visitas de inspección.


 

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