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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33208 >> Fecha 01/06/2006 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33208 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5º—El Departamento de Gestión del Potencial Humano tendrá las siguientes funciones

Artículo 5º—El Departamento de Gestión del Potencial Humano tendrá las siguientes funciones.

 

5.1) Planear y proyectar las necesidades de personal y potencial humano que se requieran en las diversas Dependencias del Ministerio.

5.2) Dotar al Ministerio del potencial humano competente para la ejecución de las operaciones, tareas y funciones que de desarrollan en cada una de sus dependencias.

5.3) Realizar el reclutamiento de candidatos (as) por medio de concurso interno o externo.

5.4) Definir los criterios y la metodología de selección, por medio de los cuales el Ministerio selecciona al recurso humano.

5.5) Elaborar y mantener actualizados los registros de candidatos elegibles para cada una de las clases y cargos existentes en la Institución.

5.6) Difundir lineamientos y suministrar capacitación y asesoría a jefes y directores del Ministerio, en cuanto a metodologías de entrevista, evaluación de períodos de prueba y aspectos relacionados a ingreso y promoción de funcionarios.

5.7) Llevar a cabo prognosis y análisis de antecedentes de oferentes y personal de nuevo ingreso.

5.8) Confeccionar nóminas de candidatos (as) para ocupar puestos vacantes y coordinar con las jefaturas las entrevistas correspondientes.

5.9) Elaborar estudios de preselección y presentar recomendaciones sobre idoneidad de candidatos.

5.10) En ausencia del Director Administrativo y Financiero, el responsable del Departamento de Gestión del Potencial Humano, autorizará con su firma, por delegación del Ministro, las acciones  de personal de los funcionarios.

5.11) Elaborar y mantener actualizados los manuales institucionales de clases de puestos, así como las estructuras ocupacionales del Ministerio.

5.12) Realizar estudios de análisis ocupacional para la aprobación de asignaciones, reasignaciones, cambios de clasificación, ubicaciones por reestructuración necesarios, de acuerdo con las estructuras organizacionales debidamente aprobadas por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.

5.13) Determinar perfiles profesiográficos que incorporen conocimientos, habilidades, aptitudes, destrezas y actitudes requeridas por el recurso humano que labore para el Ministerio.

5.14) Tramitar las acciones de personal y pago de salarios ordinarios y extraordinarios, de todos los funcionarios del Ministerio.

5.15) Detectar y comunicar al Director Administrativo y Financiero las sumas giradas de más que se generen producto de los movimientos de personal.

5.16) Elaborar los proyectos de Relación de Puestos del Ministerio y mantener actualizada la información.

5.17) Emitir constancias y certificaciones de salario y de información, que conste en el expediente del servidor. El responsable de la función de Planillas autorizará con su firma las constancias relacionadas con salarios e información de expediente personal. El (la) responsable del Departamento autorizará con su firma las certificaciones relacionadas con salarios e información del expediente personal.

5.18) Mantener actualizadas las bases de datos del personal del Ministerio de Hacienda y cualesquiera otras que sean necesarias para la función del Departamento.

5.19) Realizar estudios pertinentes de liquidación de derechos de cesantía y otros extremos laborales a los funcionarios.

5.20) Realizar estudios pertinentes y aprobar el otorgamiento de incentivos económicos y otros pluses salariales y no salariales, así como tramitar su pago oportuno

5.21) Elaborar las planillas de pago de salarios, aguinaldo, salario escolar y cualquier otro concepto relacionado.

5.22) Llevar los controles necesarios sobre el gasto efectivo en las diferentes partidas destinadas al pago de salarios, y solicitar el trámite de las transferencias presupuestarias necesarias para garantizar el contenido económico en las diferentes subpartidas.

5.23) Aprobar en coordinación con la Comisión de Recursos Humanos, la cantidad de horas extra a utilizar y distribuirlas entre las dependencias ministeriales, de acuerdo con el presupuesto existente para tal fin.

5.24) Recibir, ordenar, clasificar y mantener en custodia los diversos documentos que conforman los expedientes personales de los funcionarios del Ministerio de Hacienda.

5.25) Otras actividades propias de la gestión del potencial humano.

  5.26) Diseñar, implementar y administrar el modelo de evaluación del desempeño del funcionario y de los equipos de trabajo, que laboran en las diferentes unidades y    procesos del Ministerio.

(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 12° del decreto ejecutivo N° 35305 del 29 de mayo del 2009)

  5.27) Evaluar el desempeño de los funcionarios del Ministerio.

(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 12° del decreto ejecutivo N° 35305 del 29 de mayo del 2009)

  5.28) Llevar a cabo acciones que coadyuven al mejoramiento continuo del desempeño, en coordinación con la Dirección del Centro de Investigación y Formación        Hacendaria.

(Así adicionado el inciso anterior por el artículo 12° del decreto ejecutivo N° 35305 del 29 de mayo del 2009)


 

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