Artículo 5º—El
Departamento de Gestión del Potencial Humano tendrá las siguientes funciones.
5.1) Planear y
proyectar las necesidades de personal y potencial humano que se requieran en
las diversas Dependencias del Ministerio.
5.2) Dotar al
Ministerio del potencial humano competente para la ejecución de las
operaciones, tareas y funciones que de desarrollan en cada una de sus
dependencias.
5.3) Realizar el
reclutamiento de candidatos (as) por medio de concurso interno o externo.
5.4) Definir los
criterios y la metodología de selección, por medio de los cuales el Ministerio
selecciona al recurso humano.
5.5) Elaborar y
mantener actualizados los registros de candidatos elegibles para cada una de
las clases y cargos existentes en la Institución.
5.6) Difundir
lineamientos y suministrar capacitación y asesoría a jefes y directores del
Ministerio, en cuanto a metodologías de entrevista, evaluación de períodos de
prueba y aspectos relacionados a ingreso y promoción de funcionarios.
5.7) Llevar a cabo
prognosis y análisis de antecedentes de oferentes y personal de nuevo ingreso.
5.8) Confeccionar
nóminas de candidatos (as) para ocupar puestos vacantes y coordinar con las
jefaturas las entrevistas correspondientes.
5.9) Elaborar
estudios de preselección y presentar recomendaciones sobre idoneidad de
candidatos.
5.10) En ausencia
del Director Administrativo y Financiero, el responsable del Departamento de
Gestión del Potencial Humano, autorizará con su firma, por delegación del
Ministro, las acciones de personal de
los funcionarios.
5.11) Elaborar y
mantener actualizados los manuales institucionales de clases de puestos, así
como las estructuras ocupacionales del Ministerio.
5.12) Realizar
estudios de análisis ocupacional para la aprobación de asignaciones,
reasignaciones, cambios de clasificación, ubicaciones por reestructuración
necesarios, de acuerdo con las estructuras organizacionales debidamente
aprobadas por el Ministerio de Planificación Nacional y Política Económica.
5.13) Determinar
perfiles profesiográficos que incorporen conocimientos, habilidades, aptitudes,
destrezas y actitudes requeridas por el recurso humano que labore para el
Ministerio.
5.14) Tramitar las
acciones de personal y pago de salarios ordinarios y extraordinarios, de todos
los funcionarios del Ministerio.
5.15) Detectar y
comunicar al Director Administrativo y Financiero las sumas giradas de más que
se generen producto de los movimientos de personal.
5.16) Elaborar los
proyectos de Relación de Puestos del Ministerio y mantener actualizada la
información.
5.17) Emitir
constancias y certificaciones de salario y de información, que conste en el
expediente del servidor. El responsable de la función de Planillas autorizará
con su firma las constancias relacionadas con salarios e información de
expediente personal. El (la) responsable del Departamento autorizará con su
firma las certificaciones relacionadas con salarios e información del
expediente personal.
5.18) Mantener
actualizadas las bases de datos del personal del Ministerio de Hacienda y
cualesquiera otras que sean necesarias para la función del Departamento.
5.19) Realizar
estudios pertinentes de liquidación de derechos de cesantía y otros extremos
laborales a los funcionarios.
5.20) Realizar
estudios pertinentes y aprobar el otorgamiento de incentivos económicos y otros
pluses salariales y no salariales, así como tramitar su pago oportuno
5.21) Elaborar las
planillas de pago de salarios, aguinaldo, salario escolar y cualquier otro
concepto relacionado.
5.22) Llevar los
controles necesarios sobre el gasto efectivo en las diferentes partidas
destinadas al pago de salarios, y solicitar el trámite de las transferencias
presupuestarias necesarias para garantizar el contenido económico en las
diferentes subpartidas.
5.23) Aprobar en
coordinación con la Comisión de Recursos Humanos, la cantidad de horas extra a
utilizar y distribuirlas entre las dependencias ministeriales, de acuerdo con
el presupuesto existente para tal fin.
5.24) Recibir,
ordenar, clasificar y mantener en custodia los diversos documentos que
conforman los expedientes personales de los funcionarios del Ministerio de
Hacienda.
5.25) Otras
actividades propias de la gestión del potencial humano.
5.26) Diseñar, implementar y administrar el modelo
de evaluación del desempeño del funcionario y de los equipos de trabajo, que
laboran en las diferentes unidades y procesos del Ministerio.
(Así
adicionado el inciso anterior por el artículo 12° del decreto ejecutivo N°
35305 del 29 de mayo del 2009)
5.27) Evaluar el desempeño de los funcionarios del Ministerio.
(Así
adicionado el inciso anterior por el artículo 12° del decreto ejecutivo N°
35305 del 29 de mayo del 2009)
5.28) Llevar a cabo acciones que coadyuven al mejoramiento continuo del desempeño,
en coordinación con la Dirección del Centro de Investigación y Formación
Hacendaria.
(Así
adicionado el inciso anterior por el artículo 12° del decreto ejecutivo N°
35305 del 29 de mayo del 2009)