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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 1 >> Fecha 02/01/1967 >> Articulo 5
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Normativa - Decreto Ejecutivo 1 - Articulo 5
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Artículo 5
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Artículo 5°—Queda -absolutamente prohibido a los patronos poner o mantener en funcionamiento maquinaria que no esté debidament

Artículo 5°—Queda absolutamente prohibido a los patronos poner o mantener en funcionamiento maquinaria que no esté debidamente protegida en los puntos de transmisión de energía, en las partes móviles v en los puntos de operación que ofrezcan peligro, así como mantener en uso herramientas en mal estado.


 

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