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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33240 >> Fecha 30/06/2006 >> Articulo 11
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33240 - Articulo 11
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Artículo 11    (No vigente*)
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Artículo 11

Artículo 11.—Pago del servicio: Para el correspondiente trámite deotorgamiento o renovación del P.S.F el administrado o interesado deberá cumplir con el pago del servicio que requiere el Ministerio, de acuerdo a lo indicado en el Reglamento de Registro Sanitario de Establecimientos Regulados por el Ministerio de Salud, y de conformidad con la clasificación de riesgo designada en el Anexo 1 de este reglamento.


 

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