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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33356 >> Fecha 02/06/2006 >> Articulo 10
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33356 - Articulo 10
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Artículo 10
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CAPÍTULO IV

CAPÍTULO IV

 

De las funciones de la Comisión y las Subcomisiones

 

Artículo 10.—Con absoluta independencia técnica, la Comisión tendrá entre otras las siguientes funciones:

 

a) Contribuir con asesoría a la Dirección para proponer y elaborar proyectos de regulación en materia de calidad de los medicamentos.

b) Promover la capacitación técnica del recurso humano involucrado.

c) Proponer a la Dirección la conformación de subcomisiones de expertos para el estudio de las diferentes áreas relacionadas con la calidad de los medicamentos.

d) Dar seguimiento al trabajo de las subcomisiones y servir de nexo entre la Dirección y éstas.


 

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