Artículo 36
Artículo 36.—Reforma
de la Ley de impuesto general sobre las ventas. Adiciónase al artículo 9
de la Ley de impuesto general sobre las ventas, Nº 6826, de 8 de noviembre de
1982, y sus reformas, un párrafo final, cuyo texto dirá:
“Artículo 9º—Exenciones
[...]
Se exonera del pago
del impuesto sobre las ventas, la venta o entrega de productos agropecuarios o
agroindustriales orgánicos, registrados y certificados ante la entidad
correspondiente.”
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