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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33411 >> Fecha 27/09/2006 >> Articulo 108
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33411 - Articulo 108
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Artículo 108
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Artículo 108.—Acta. En el acta deberá constar:

 

a) Lugar, fecha y hora de inicio de la subasta.

 

b) Nombre, calidades y condición de los funcionarios públicos asistentes.

 

c) Nombre, calidades, dirección y lugar para atender notificaciones de los oferentes elegibles.

 

d) Cantidad y características de los bienes a comprar.

 

e) Objeciones y observaciones de los participantes.

 

f)  Precio adjudicado y los tres mejores precios siguientes en orden creciente.

 

g) Monto y plazo de la garantía de cumplimiento, que deberá exceder en dos meses la fecha probable de recepción de los bienes.

 

h) Plazo de entrega.

 

i)  Hora de finalización.

 

j)  Firmas de los funcionarios públicos, del adjudicatario, de los participantes que hubieren solicitado consignar información y de cualquier otro que se estime pertinente.


 

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