Artículo 222
Artículo 230.—Funciones Generales de las
Proveedurías Institucionales. Las proveedurías institucionales fungirán
como órgano técnico institucional en materia de Contratación Administrativa y contarán
con una estructura organizativa básica que les permita cumplir en forma
eficiente y oportuna con las funciones de conducción de los procedimientos de
contratación administrativa, de almacenamiento y distribución de bienes y de
levantamiento y confección del inventario permanente de todos sus bienes,
cuando corresponda, para ello cada institución deberá adoptar las medidas
pertinentes para dotar a dichas unidades de los recursos humanos y materiales
indispensables, para ejecutar debidamente la labor que les ha sido encomendada.
(Corrida su
numeración por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 40124 del 10 de octubre
del 2016, que lo traspasó del antiguo 222 al 230)
|