SECCIÓN TERCERA
SECCIÓN
TERCERA
Remate
Artículo
101.—Definición. El remate es el procedimiento ordinario de carácter
concursal, al que puede recurrir alternativamente la Administración para vender
o arrendar bienes muebles o inmuebles, cuando así resulte más conveniente a sus
intereses.
(Derogado el
párrafo segundo original por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 41243 del
10 de julio del 2018)
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