Artículo 108
Artículo 108.—Acta. En el acta deberá
constar:
a) Fecha y hora de inicio de la subasta.
(Así
reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243
del 10 de julio del 2018)
b) Nombre, calidades y condición del funcionario público encargado de
la contratación.
(Así
reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243
del 10 de julio del 2018)
c) Nombre, calidades, dirección y lugar para
atender notificaciones de los oferentes elegibles.
d) Cantidad y características de los bienes a
comprar.
e) Objeciones y observaciones de los
participantes.
f) Precio adjudicado y los tres mejores
precios siguientes en orden creciente.
g) Monto y plazo de la garantía de
cumplimiento, que deberá exceder en dos meses la fecha probable de recepción de
los bienes.
h) Plazo de entrega.
i) Hora de finalización.
j) Firma del
funcionario público a cargo, del adjudicatario, de los participantes que
hubieren solicitado consignar información y de cualquier otro que se estime
pertinente, de conformidad con el Reglamento de Uso del Sistema.
(Así
reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243
del 10 de julio del 2018)
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