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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33411 >> Fecha 27/09/2006 >> Articulo 108
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33411 - Articulo 108
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Artículo 108
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Artículo 108

Artículo 108.—Acta. En el acta deberá constar:

a) Fecha y hora de inicio de la subasta.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243 del 10 de julio del 2018)

b) Nombre, calidades y condición del funcionario público encargado de la contratación.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243 del 10 de julio del 2018)

c) Nombre, calidades, dirección y lugar para atender notificaciones de los oferentes elegibles.

d) Cantidad y características de los bienes a comprar.

e) Objeciones y observaciones de los participantes.

f) Precio adjudicado y los tres mejores precios siguientes en orden creciente.

g) Monto y plazo de la garantía de cumplimiento, que deberá exceder en dos meses la fecha probable de recepción de los bienes.

h) Plazo de entrega.

i) Hora de finalización.

 j) Firma del funcionario público a cargo, del adjudicatario, de los participantes que hubieren solicitado consignar información y de cualquier otro que se estime pertinente, de conformidad con el Reglamento de Uso del Sistema.

(Así reformado el inciso anterior por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243 del 10 de julio del 2018)

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