Artículo 205
Artículo 213. — Anulado (Anulado mediante
resolución de la Sala Constitucional N° 4431 del 01 de abril del 2011,
corregida mediante resolución N° 4518 del 06 de abril de 2011)
(Corrida su
numeración por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 40124 del 10 de octubre
del 2016, que lo traspasó del antiguo 205 al 213)
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