Buscar:
 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33411 >> Fecha 27/09/2006 >> Articulo 59
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 59     >>
Normativa - Decreto Ejecutivo 33411 - Articulo 59
Ir al final de los resultados
Artículo 59
Versión del artículo: 3  de 3
Anterior
Artículo 59

Artículo 59.-Publicación y contenido de la invitación al concurso. La invitación a participar, se publicará en el Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), sin perjuicio de cualquier publicación facultativa que la Administración contratante considere necesaria en otro medio.

En todo caso la publicación deberá contener: la identificación de la Administración contratante; la indicación del tipo y número del concurso y una breve descripción del objeto contractual; la hora y fecha límite para la recepción de ofertas.

 

 (Así reformado por el artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243 del 10 de julio del 2018)

Ir al inicio de los resultados