Artículo 107.- Trámite de subasta. La Administración, cursará la
invitación a participar conforme las reglas aplicables al tipo de procedimiento
de que se trate, a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), detallando
las características de los bienes a adquirir e incluyendo toda la información
pertinente para la conexión individual al Sistema.
La Administración convocará a todos los interesados a una puja de
precios, adjudicándose la oferta de menor precio. Para ese fin, el encargado de
la contratación presidirá el acto, realizando las indicaciones y aclaraciones
pertinentes a través del Sistema Integrado de Compras Públicas (SICOP), así
como, recordando las reglas para pujar.
Las mejoras de precios o pujas de cada oferente se formularán de
conformidad al Reglamento de Uso del Sistema y las reglas del pliego de
condiciones.
Una vez adjudicada la subasta, el oferente seleccionado deberá
depositar en una cuenta dispuesta al efecto por la Administración, la garantía
de cumplimiento por el diez por ciento (10%) del monto adjudicado, salvo que el
pliego de condiciones disponga otro porcentaje o monto.
Todo el procedimiento se realizará de conformidad con lo dispuesto por
el Reglamento de Uso del Sistema, en ausencia de regulación específica se
acudirá a las disposiciones contempladas en la Ley de Contratación
Administrativa, en el presente Reglamento y en el Código Procesal Civil, de
todo lo actuado deberá dejarse constancia en el expediente electrónico de la
contratación.
La Administración podrá conformar un registro de proveedores
precalificados para la subasta a la baja, de conformidad con la regulación
interna que se establezca al efecto.
Para conformar el registro de proveedores precalificados para la
subasta a la baja electrónica, la Administración Central, deberá acatar las
disposiciones establecidas por la Dirección General de Administración de Bienes
y Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda, quien administrará
dicho registro.
(Así reformado por el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 41243 del 10 de julio del2018)