Artículo 122
Artículo 130.— (Derogado por el artículo 2°
del decreto ejecutivo N° 40538 del 28 de junio del 2017)
(Corrida
su numeración por el artículo 2° del decreto ejecutivo N° 40124 del 10 de
octubre del 2016, que lo traspasó del antiguo 122 al 130)
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