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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33411 >> Fecha 27/09/2006 >> Articulo 188
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33411 - Articulo 188
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Artículo 188
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CAPÍTULO XIII

CAPÍTULO XIII

Validez y ejecución del contrato

SECCIÓN PRIMERA

Validez, perfeccionamiento y formalización contractual

 

Artículo 188.—Validez del contrato. Será válido el contrato administrativo sustancialmente conforme con el ordenamiento jurídico, por lo que no lo afectarán aquellos vicios intrascendentes del procedimiento de selección del contratista.


 

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