Artículo 222
Artículo 222.—Funciones Generales de las
Proveedurías Institucionales. Las proveedurías institucionales fungirán
como órgano técnico institucional en materia de Contratación Administrativa y
contarán con una estructura organizativa básica que les permita cumplir en
forma eficiente y oportuna con las funciones de conducción de los
procedimientos de contratación administrativa, de almacenamiento y distribución
de bienes y de levantamiento y confección del inventario permanente de todos
sus bienes, cuando corresponda, para ello cada institución deberá adoptar las
medidas pertinentes para dotar a dichas unidades de los recursos humanos y
materiales indispensables, para ejecutar debidamente la labor que les ha sido
encomendada.
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