CAPÍTULO V
CAPÍTULO
V
El Cartel
Artículo 51.—Concepto.
El cartel, constituye el reglamento específico de la contratación que se
promueve y se entienden incorporadas a su clausulado todas las normas jurídicas
y principios constitucionales aplicables al respectivo procedimiento.
Deberá constituir un cuerpo de
especificaciones técnicas, claras, suficientes, concretas, objetivas y amplias
en cuanto a la oportunidad de participar. Para su confección, la Administración
podrá contratar o solicitar la asistencia de personas físicas o jurídicas,
especializadas en la materia de que se trate, siempre que no tengan ningún
interés particular directo ni indirecto en el negocio, cuando no tuviere en su
organización los recursos técnicos necesarios para ello.
En aquellas contrataciones de excepción a los
procedimientos ordinarios de contratación, la Administración, facultativamente
podrá elaborar un cartel con los elementos esenciales atendiendo al objeto
contractual, en armonía con los principios de contratación administrativa.
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