Artículo 2º—Definiciones. Para los
efectos de estos criterios y lineamientos se entiende por:
Aprobación presupuestaria: Fase del proceso presupuestario
que comprende el conjunto de normas y procedimientos técnicos, legales y
administrativos, mediante la cual la autoridad competente conoce, verifica y
aprueba el presupuesto formulado o las modificaciones que de éste se le
planteen para dar cumplimiento a los objetivos y metas establecidas para el
ejercicio presupuestario, otorgándole la validez y eficacia jurídica al
presupuesto para su respectiva ejecución.
Aprobación presupuestaria externa: Proceso por medio del cual el
órgano externo competente conoce y estudia el contenido del presupuesto o sus
variaciones que le presentan los sujetos pasivos, en función de los objetivos y
metas institucionales, así como verifica el cumplimiento de las disposiciones
legales y técnicas que le son aplicables. Como resultado de este proceso, la
instancia externa competente, emite una ley o el acto que las disposiciones
legales establezcan para su aprobación o improbación, parcial o total, otorgándoles
en el mismo, la validez y eficacia jurídica que permite su ejecución para el
período respectivo.
Aprobación presupuestaria interna: Proceso por medio del cual, el
jerarca superior u órgano con la competencia necesaria, conoce y estudia el
contenido del presupuesto formulado o de las variaciones que se le presenten,
en función de los objetivos y metas institucionales, así como verifica el
cumplimiento de las disposiciones legales y técnicas que le son aplicables.
Como resultado de este proceso, el jerarca superior u órgano competente, emite
mediante un acto administrativo su aprobación o improbación, parcial o total,
al presupuesto inicial y sus variaciones.
Esta aprobación otorgará validez y eficacia
jurídica, permitiendo su ejecución para el periodo respectivo, únicamente en
aquellos casos en que no se requiera de la aprobación presupuestaria externa.
Bloque de legalidad: Conjunto de normas jurídicas, escritas y no escritas,
a cuya observancia se encuentra obligada la Administración Pública, el cual
comprende tanto la Constitución Política, la ley y las normas de rango igual o
inferior a ésta, incluidos los principios generales y las reglas de la ciencia
o de la técnica.
Control presupuestario: Fase del proceso presupuestario
que comprende el conjunto de normas y procedimientos sistemáticos y ordenados
de carácter técnico, legal y administrativo que se aplican para garantizar el
cumplimiento eficiente, efectivo y económico del presupuesto y de los
respectivos objetivos y metas.
Ejecución presupuestaria: Fase del proceso presupuestario
que comprende el conjunto de normas y procedimientos sistemáticos y ordenados
de carácter técnico, legal y administrativo que, partiendo del presupuesto
aprobado, se aplican para el cumplimiento eficiente, efectivo y económico de
los objetivos y metas establecidos en los planes y programas presupuestarios.
Evaluación presupuestaria: Fase del proceso presupuestario que
comprende el conjunto de normas y procedimientos sistemáticos y ordenados de
carácter técnico, legal y administrativo, mediante los cuales se analiza y
valora sistemática y oportunamente la economía, eficiencia, eficacia y calidad
de los resultados físicos y financieros de los programas, así como la
administración de los ingresos, en relación con la planificación, programación
y las estimaciones contenidas en el presupuesto.
Formulación presupuestaria: Fase del proceso presupuestario que
comprende el conjunto de normas y procedimientos sistemáticos y ordenados de
carácter técnico, legal y administrativo para la elaboración del plan anual
operativo y el presupuesto, de manera que estos expresen la asignación óptima
de los recursos disponibles, con el fin de atender los requerimientos de los
planes de mediano y largo plazo y satisfacer las necesidades que dieron origen
a los objetivos y fines para los que fue creada la institución.
Jerarca: Superior jerárquico, unipersonal o colegiado
del órgano o ente, quien ejerce la máxima autoridad.
Presupuesto: Instrumento que expresa en términos
financieros el plan anual operativo de cada institución, mediante la estimación
de los ingresos probables y los egresos necesarios para cumplir con los objetivos
y las metas de los programas presupuestarios establecidos.
Proceso presupuestario: Es un conjunto de fases continuo, dinámico,
participativo y flexible, mediante el cual se formula, aprueba, ejecuta,
controla y evalúa la gestión institucional, en sus dimensiones físicas y
financieras, de conformidad con el bloque de legalidad.
Programación de la ejecución presupuestaria: Conjunto de actividades que se
programa ejecutar durante un periodo para dar cumplimiento a la programación
presupuestaria y que conforme a sus requerimientos permite establecer la
programación financiera de la ejecución, posibilitando identificar el volumen y
composición de los gastos en relación con los recursos previsibles para el cumplimiento
de los objetivos y metas. La programación de la ejecución presupuestaria
posibilita compatibilizar el ritmo óptimo de la ejecución de los programas
presupuestarios con la disponibilidad de recursos financieros.