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 Normativa >> Reglamento municipal 52 >> Fecha 20/11/2006 >> Articulo 1
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Normativa - Reglamento municipal 52 - Articulo 1
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MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

MUNICIPALIDAD DE HEREDIA

 

Mediante sesión ordinaria número cincuenta y dos-dos mil seis, celebrada el día veinte de noviembre del dos mil seis, artículo quinto, se acuerda por unanimidad aprobar el Reglamento para la Regulación de la aprobación Interna de las Contrataciones de la Municipalidad del cantón central de Heredia no sujetas al Refrendo contralor, El Concejo Municipal del cantón central de Heredia, en uso de sus atribuciones y con sustento en lo establecido en los artículos 170 de la Constitución Política, 2, 4, párrafo 1 y literal a), 13, literal c) y 43 del Código Municipal, dicta el presente:

 

REGLAMENTO PARA LA REGULACIÓN DE LA APROBACIÓN

INTERNA DE LAS CONTRATACIONES DE LA MUNICIPALIDAD

DEL CANTÓN CENTRAL DE HEREDIA NO SUJETAS AL

REFRENDO CONTRALOR

 

el cual se regirá por las siguientes disposiciones:

 

Artículo 1º—Fundamento. La presente regulación reglamentaria se dicta de acuerdo a la exigencia del artículo 10 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública (publicado en La Gaceta Nº 53 del 15 de marzo del 2006), el cual establece el deber de la Administración de dictar las regulaciones que regirán el procedimiento de aprobación de contrataciones a cargo de la unidad interna, de manera que se garantice su eficiencia.


 

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