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 Normativa >> Ley 8543 >> Fecha 27/09/2006 >> Articulo 9
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Normativa - Ley 8543 - Articulo 9
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Artículo 9
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Artículo 9º—Autorización

Artículo 9º—Autorización. Para efectos de la presente Ley, se autoriza a la Municipalidad de Liberia para que reciba donaciones, transferencias o subvenciones de personas, físicas o jurídicas, entidades u organismos privados, nacionales o internacionales, con el fin exclusivo de cumplir los objetivos del Museo.

Asimismo, se autoriza a la Municipalidad de Liberia para que reciba donaciones, transferencias o subvenciones del Poder Ejecutivo, empresas e instituciones estatales autónomas y semiautónomas, con el fin exclusivo de dar cumplimiento a los objetivos del Museo. Además, quedan autorizadas para estos actos a favor de la Asociación Administradora del Museo de Guanacaste, de conformidad con el artículo 26 de la Ley de Asociaciones.


 

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