Artículo 9º—Autorización
Artículo
9º—Autorización. Para efectos de la presente Ley, se
autoriza a la Municipalidad de Liberia para que reciba donaciones,
transferencias o subvenciones de personas, físicas o jurídicas, entidades u
organismos privados, nacionales o internacionales, con el fin exclusivo de
cumplir los objetivos del Museo.
Asimismo,
se autoriza a la Municipalidad de Liberia para que reciba donaciones,
transferencias o subvenciones del Poder Ejecutivo, empresas e instituciones
estatales autónomas y semiautónomas, con el fin exclusivo de dar cumplimiento a
los objetivos del Museo. Además, quedan autorizadas para estos actos a favor de
la Asociación Administradora del Museo de Guanacaste, de conformidad con el
artículo 26 de la Ley de Asociaciones.
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