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 Normativa >> Ley 7231 >> Fecha 09/05/1991 >> Articulo 17
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Normativa - Ley 7231 - Articulo 17
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Artículo 17
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ARTICULO 17

ARTICULO 17.- El quórum de la Comisión Técnica estará constituido por las dos terceras partes de los miembros. Cada estado miembro tendrá derecho a un voto.

 


 

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