1.
Aspectos Generales
|
|
1.1.
Ámbito de aplicación
|
La
presente normativa se aplicará a todas aquellas instituciones comprendidas en
los incisos a), b) y c) del artículo 1º de la Ley N° 8131 y que hayan
constituido o lleguen a constituir fideicomisos con fondos públicos.
También
es aplicable a los fideicomisos de los entes públicos no estatales, las
sociedades con participación minoritaria del sector público y las entidades
privadas, en lo que respecta a los recursos que hayan sido transferidos o
puestos a su disposición, mediante partida o norma presupuestaria, por los
órganos y entes que se indican en los incisos del referido artículo 1º y por
los bancos estatales.
|
1.2.
Alcance
|
Estas
directrices constituyen un marco de referencia de carácter general, a partir
del cual debe darse la emisión de normativa específica por parte de la
institución fideicomitente y el fiduciario, según corresponda.
La
Contraloría General de la República, según su ámbito de competencia y por
medio de la Gerencia de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
del órgano contralor, podrá emitir la normativa específica que corresponda.
|
1.3.
Definiciones
|
Para los
efectos de estas directrices se entiende por:
Aprobación
presupuestaria: Fase
del proceso presupuestario que comprende el conjunto de normas y
procedimientos técnicos, legales y administrativos, mediante la cual la
autoridad competente conoce, verifica y aprueba el presupuesto formulado y
las variaciones que de éste se le planteen para dar cumplimiento a los
objetivos y metas establecidos para el ejercicio presupuestario, otorgándole
la validez y eficacia jurídica al presupuesto para su respectiva ejecución.
Control presupuestario: Fase del proceso presupuestario
que comprende el conjunto de normas y procedimientos sistemáticos y ordenados
de carácter técnico, legal y administrativo que se aplican para garantizar el
cumplimiento eficiente, efectivo y económico del presupuesto y de los
respectivos objetivos y metas.
Ejecución
presupuestaria: Fase
del proceso presupuestario que comprende el conjunto de normas y
procedimientos sistemáticos y ordenados de carácter técnico, legal y administrativo
que, partiendo del presupuesto aprobado, se aplican para el cumplimiento
eficiente, efectivo y económico de los objetivos y metas establecidas en los
presupuestos.
Evaluación presupuestaria: Fase del proceso presupuestario
que comprende el conjunto de normas y procedimientos sistemáticos y ordenados
de carácter técnico, legal y administrativo, mediante los cuales se analiza y
valora sistemática y oportunamente la economía, eficiencia, eficacia y
calidad de los resultados físicos y financieros de los programas, así como la
administración de los ingresos, en relación con la planificación,
programación y las estimaciones contenidas en el presupuesto.
Formulación
presupuestaria: Fase
del proceso presupuestario que comprende el conjunto de normas y procedimientos
sistemáticos y ordenados de carácter técnico, legal y administrativo para la
elaboración del plan anual operativo y el presupuesto del fideicomiso, de
manera que estos expresen la asignación óptima de los recursos disponibles,
con el fin de atender los requerimientos de los planes de mediano y largo
plazo y satisfacer las necesidades que dieron origen a los objetivos y fines
para los que fue creado el fideicomiso
.Jerarca:
Superior jerárquico, unipersonal o colegiado del órgano o ente, quien ejerce
la máxima autoridad.
Presupuesto:
Es el instrumento
que expresa en términos financieros el plan anual operativo, mediante la
estimación de los ingresos probables y los egresos necesarios para cumplir
con los objetivos y las metas establecidas.
Programación
de la ejecución presupuestaria: Conjunto de actividades que se programa ejecutar durante un periodo
para dar cumplimiento a la programación presupuestaria y que conforme a sus
requerimientos permite establecer la programación financiera de la ejecución,
posibilitando identificar el volumen y composición de los gastos en relación
con los recursos previsibles para el cumplimiento de los objetivos y metas.
La programación de la ejecución presupuestaria posibilita compatibilizar el
ritmo óptimo de la ejecución presupuestaria con la disponibilidad de recursos
financieros.
Programación
presupuestaria: Conjunto
de acciones coordinadas, íntimamente ligadas entre sí, que permiten mediante la
participación activa de los niveles directivos responsables, tanto en el
plano institucional como en el programático, traducir los planes de largo y
mediano plazo en un plan anual.
|
1.4.
Límite de la acción financiera del fideicomiso
|
El presupuesto
debidamente aprobado por las instancias competentes será el límite de la
acción financiera del fideicomiso, al cual deberán ajustarse la institución
fideicomitente y el fiduciario, según corresponda. Ese límite podrá ser
variado mediante los mecanismos que el ordenamiento jurídico prevé, entre
ellos los que la Contraloría General dicte al respecto, dentro del campo
específico de su competencia.
|
1.5.
Vinculación con el sistema de administración
financiera de la institución fideicomitente
|
Las
unidades y funcionarios responsables del sistema de administración financiera
de la institución fideicomitente, deberán establecer los mecanismos y
procedimientos para su adecuada vinculación con el proceso presupuestario de
los recursos fideicometidos, sin perjuicio de las responsabilidades que
corresponden legal y contractualmente al fiduciario.
|
1.6.
Responsabilidades de la institución fideicomitente y del
fiduciario en relación con el bloque de legalidad
|
Los
funcionarios de la institución fideicomitente, dentro de actividades del
proceso presupuestario del fideicomiso en que sean competentes, serán
responsables de verificar el cumplimiento del bloque de legalidad aplicable,
de manera que se garantice la gestión eficiente, eficaz y económica de los recursos
del fideicomiso.
Los
funcionarios competentes del fiduciario deberán ajustar su gestión el bloque
de legalidad atinente, especialmente en cuanto a la materia presupuestaria y
de responsabilidades.
Al respecto,
en ambos casos, dichos funcionarios deben dejar constancia en los documentos
presupuestarios manifestando su conformidad, así como cualquier otra
apreciación y hecho relevante que se estime pertinente.
|
1.7.
Mecanismos y procedimientos para que los sujetos
pasivos realicen la verificación del bloque de legalidad
|
La
Gerencia de la División de Fiscalización Operativa y Evaluativa, podrá
establecer mecanismos y procedimientos para que los funcionarios competentes
de la institución fideicomitente y del fiduciario, cada uno de acuerdo con
las responsabilidades que legal y contractualmente les corresponde, realicen
la verificación del bloque de legalidad que debe cumplir el presupuesto de
los fideicomisos sujetos a la aprobación presupuestaria de la Contraloría
General de la República.
|
1.8.
Mecanismos y procedimientos para la participación
|
La unidad
competente de la institución fideicomitente deberá establecer los mecanismos
necesarios que garanticen que en el proceso presupuestario del fideicomiso se
dé la participación del jerarca y de los responsables de los programas, según
lo que legal y contractualmente corresponda, sin perjuicio del apoyo que les
deben brindar los encargados de otras áreas y de las responsabilidades que le
competen al fiduciario.
Para tal
efecto deberá, al menos, identificar las unidades administrativas y
funcionarios de la institución fideicomitente y del fiduciario con
responsabilidades asignadas en relación con el fideicomiso, así como los
respectivos mecanismos de coordinación.
|
1.9.
Sobre la extinción del fideicomiso y el efecto en el
presupuesto del fideicomiso y de la institución fideicomitente
|
En caso
de que se extinga el fideicomiso, la administración de la institución fideicomitente
deberá efectuar los cambios que sean procedentes en el presupuesto del
fideicomiso. De igual manera deberá realizar oportunamente los ajustes
correspondientes en su presupuesto.
En ambos
casos, los ajustes deberán hacerse de acuerdo con los requisitos, condiciones
y procedimientos establecidos por las instancias internas y externas
competentes.
|
|
|
2.
Fase de Formulación presupuestaria
|
|
2.1.
Aspectos generales
|
|
2.1.1.
Alcance
|
En la formulación
presupuestaria del fideicomiso se integrará coordinada y coherentemente, la
programación presupuestaria y la presupuestación de los ingresos y gastos de
un año.
|
2.1.2.
Proceso de formulación
|
El proceso
de formulación del plan y el presupuesto del fideicomiso contempla las
acciones coordinadas necesarias para la indicación, en los documentos
correspondientes, de los resultados físicos y financieros previstos.
|
2.2.
El proceso presupuestario y la planificación
|
|
2.2.1.
Planificación operativa
|
El
proceso presupuestario deberá iniciar con una adecuada planificación
operativa para el año a cargo de la institución fideicomitente, sin perjuicio
de los mecanismos que defina para la participación del fiduciario.
|
2.2.2.
Plan anual operativo
|
Como
marco de referencia del presupuesto deberá formularse un plan anual operativo
del fideicomiso, en donde se expresen los resultados físicos previstos de su gestión
durante el período correspondiente, considerando en lo pertinente, el plan
anual operativo de la propia institución fideicomitente.
|
2.2.3.
Naturaleza del plan anual operativo del fideicomiso
|
El plan anual
operativo del fideicomiso deberá referirse a la administración, por parte del
fiduciario, de los recursos fideicometidos.
Las
instancias relacionadas con el proceso de planificación de la institución
fideicomitente deberán establecer los mecanismos y procedimientos necesarios
para que ese plan anual sea formulado, aprobado, ejecutado, controlado y
evaluado, sin perjuicio de las responsabilidades que le puedan corresponder
legal y contractualmente al fiduciario.
|
2.2.4.
Vinculación del presupuesto con los planes de
mediano y largo plazos de la institución fideicomitente
|
Como
marco de referencia del plan anual operativo y del presupuesto del
fideicomiso, deberán considerarse los planes de mediano y largo plazos de la
institución fideicomitente.
|
2.2.5. Aspectos que deben considerarse en la formulación del plan anual operativo
|
El plan
anual operativo del fideicomiso deberá contemplar, al menos, los siguientes
aspectos:
a)
Objetivos del fideicomiso para el período, los cuales deben estar acordes con
los definidos por la ley que dio origen a su constitución, con los propósitos
del contrato correspondiente y con las políticas dictadas por el jerarca de
la institución fideicomitente.
b) Metas.
c)
Unidades de medida para cada una de las metas.
d) Responsables
de los objetivos y metas.
e) Los
recursos presupuestarios necesarios para cumplir con los objetivos y metas.
|
2.3.
Aspectos específicos
|
|
2.3.1.
Criterios
|
La
administración de la institución fideicomitente y la entidad fiduciaria, de acuerdo
con las responsabilidades que legal y contractualmente les correspondan,
deberán establecer los mecanismos y procedimientos en la formulación
presupuestaria que, al menos, permitan:
a)
Ajustarse a los principios presupuestarios.
b)
Atender los elementos de la programación presupuestaria, conforme a los
requerimientos establecidos por las instancias internas y externas
competentes.
c)
Establecer una adecuada relación entre los recursos asignados en el
presupuesto y los productos (bienes y servicios) finales que justifican la
existencia del fideicomiso.
d)
Identificar los requerimientos de recursos financieros que permitan dar
cumplimiento al plan anual operativo.
|
2.3.2.
Aspectos que deben considerarse en la formulación del
presupuesto
|
La instancia
responsable del proceso de formulación presupuestaria de la institución
fideicomitente, considerando las obligaciones que le corresponden legal y
contractualmente al fiduciario, deberá establecer los procedimientos y
mecanismos que permitan que en ese proceso se consideren, al menos, los
siguientes aspectos:
a) Los
fines de la institución fideicomitente, la ley de autorización del
fideicomiso y el respectivo contrato de fideicomiso.
b)
Incorporar todos los ingresos y egresos que se originen de la actividad del
fideicomiso.
c)
Clasificar los ingresos y gastos previstos de conformidad con el detalle de
los clasificadores presupuestarios vigentes.
d)
Justificar detalladamente el presupuesto de ingresos y egresos, según los
requerimientos legales y técnicos establecidos por las instancias internas y
externas competentes.
e)
Utilizar la técnica del presupuesto por programas, en los casos en que la
naturaleza y volumen de las actividades, entre otros aspectos, lo establezcan
como necesario.
|
2.3.3.
Elaboración de la programación de la ejecución
física y financiera
|
Durante
la fase de formulación las instancias correspondientes de la institución
fideicomitente, considerando las obligaciones que le competen al fiduciario,
deberán establecer los procedimientos y mecanismos para que se elabore la
programación de la ejecución física y financiera de los recursos
fideicometidos, la cual considerará los requerimientos de insumos que se
utilizarán para cumplir con la producción de bienes y servicios. Esta
programación deberá cumplirse en las fases de aprobación, ejecución, control
y evaluación.
|
2.3.4. Programación de requerimientos de bienes y servicios
|
Se deberá
elaborar un programa anual de adquisiciones, el cual se deberá considerar en
las fases de aprobación, ejecución, control y evaluación del presupuesto.
|
|
|
3.
Fase de Aprobación presupuestaria
|
|
3.1.
Aspectos generales
|
|
3.1.1.
Alcance
|
La
aprobación comprende el análisis y discusión rigurosos del presupuesto previsto
para el cumplimiento de los objetivos y metas, por parte de las instancias
internas y externas competentes, para fundamentar el correspondiente acto de
aprobación a cargo de los responsables respectivos.
|
3.2.
Aspectos específicos
|
|
3.2.1.
Aprobación presupuestaria interna
|
|
3.2.1.1. Nivel
de aprobación presupuestaria interna
|
La
aprobación presupuestaria interna se deberá realizar en el nivel de detalle
que establezcan los clasificadores presupuestarios utilizados en la
formulación del presupuesto.
|
3.2.1.2. Criterios
|
La
administración de la institución fideicomitente, al menos, deberá:
a)
Establecer mecanismos y procedimientos que permitan:
i- El
análisis y discusión ordenados y sistemáticos del presupuesto del fideicomiso.
ii-
Obtener de las instancias competentes del fiduciario la información necesaria
para el análisis, discusión y aprobación del presupuesto del fideicomiso.
b)
Considerar las apreciaciones y hechos relevantes que indique el funcionario
competente de la entidad que ejerce el cargo de fiduciario en relación con el
respectivo presupuesto.
c)
Integrar los resultados de la evaluación de la gestión y el nivel de
ejecución del presupuesto alcanzado en el ejercicio presupuestario anterior.
d)
Vincular las asignaciones presupuestarias propuestas con los objetivos y
metas planteados para el ejercicio.
|
3.2.1.3. Establecimiento
de herramientas para apoyar la aprobación presupuestaria interna
|
El
jerarca y los titulares subordinados competentes de la institución fideicomitente,
deberán establecer las herramientas específicas para apoyar la aprobación
presupuestaria interna, especialmente las relacionadas con los sistemas de
información y las necesarias para verificar el cumplimiento del bloque de
legalidad dentro del marco de las obligaciones que legal y contractualmente
le corresponden.
|
3.2.2.
Aprobación presupuestaria externa
|
|
3.2.2.1. Nivel
de aprobación presupuestaria externa
|
La
administración de la institución fideicomitente deberá establecer, considerando
las responsabilidades que le corresponden legal y contractualmente al
fiduciario, los mecanismos y procedimientos necesarios para que el
presupuesto del fideicomiso se presente con el nivel de detalle que definan
las instancias externas competentes para su aprobación.
|
3.2.2.2 Fecha
de presentación del presupuesto
|
El
presupuesto inicial deberá presentarse ante la Contraloría General de la
República a más tardar el 30 de setiembre del año anterior al período de su vigencia.
En el caso de los fideicomisos creados con posterioridad a esa fecha, el
documento presupuestario deberá presentarse una vez que se cumpla con los
requisitos legales para su constitución ‘79 previo a que inicien operaciones.
|
3.2.2.3. Estructura
del documento de presupuesto
|
El
presupuesto del fideicomiso deberá ser incorporado en un documento que deberá
contener al menos los siguientes elementos:
a)
Documento de presentación formal del presupuesto.
b)
Sección de Ingresos con el nivel de detalle establecido por la instancia
externa competente.
c)
Sección de Egresos con el nivel de detalle definido por la instancia externa
competente.
d)
Información adicional para la aprobación presupuestaria, según los
requerimientos establecidos por las instancias internas y externas
competentes.
Asimismo,
esos documentos deberán ajustarse a los demás requerimientos de forma y de
contenido que establezcan las instancias internas y externas competentes.
|
3.2.2.4. Información
adicional para la aprobación
presupuestaria
|
Sin
perjuicio de los elementos mínimos que debe contener el documento de
presupuesto que sea sometido al proceso de aprobación presupuestaria, se
deberá incluir lo siguiente:
a) Índice
del contenido del presupuesto y sus páginas con numeración corrida.
b)
Acuerdo del jerarca u órgano con la competencia necesaria de la institución
fideicomitente, donde conste la aprobación del presupuesto.
c) Base
legal del fideicomiso y copia del contrato y sus adenda. Esta información, en
tanto no sufra cambios, se incorporará únicamente la primera vez que el
presupuesto sea enviado a la Contraloría General.
d)
Aspectos relevantes y las características del contrato del fideicomiso:
i-
Identificación de la institución fideicomitente, el fiduciario y los
beneficiarios.
ii-
Objeto del fideicomiso, incluyendo la indicación de los aportes de la
institución fideicomitente.
iii-
Principales derechos y obligaciones de la institución fideicomitente y del
fiduciario.
iv- Relación
de la finalidad del fideicomiso con la misión y funciones de la institución
fideicomitente.
e)
Indicación de las unidades administrativas y funcionarios de la institución
fideicomitente y del fiduciario con responsabilidades asignadas en relación
con el fideicomiso.
f)
Justificaciones del presupuesto de ingresos y egresos, según los
requerimientos legales y técnicos establecidos por las instancias internas y
externas competentes.
g)
Indicación de las apreciaciones y hechos relevantes señalados por el
funcionario competente de
|
3.2.2.5. Número
de ejemplares del
documento
|
Deberá
remitirse original y copia del presupuesto, con una carta de presentación
suscrita por la autoridad superior administrativa de la institución
fideicomitente, con las observaciones que considere pertinentes.
|
|
|
4.
Fase de Ejecución presupuestaria
|
|
4.1.
Aspectos generales
|
|
4.1.1.
Alcance
|
La
ejecución procura, con base en el presupuesto aprobado, el cumplimiento de
los objetivos y metas asociados al fideicomiso, mediante una serie de
actividades administrativas y operaciones económicofinancieras que permiten
la percepción de los ingresos y su utilización en los egresos presupuestados
en el ejercicio respectivo.
|
4.2.
Aspectos específicos
|
|
4.2.1.
Criterios
|
La
administración de la institución fideicomitente, al menos, deberá:
a)
Establecer mecanismos para que los resultados del control y evaluación
presupuestarias retroalimenten la ejecución del presupuesto.
b)
Ejecutar los procedimientos internos de la gestión de los ingresos y egresos
presupuestarios según lo establecido por las instancias internas y externas
competentes, de manera transparente y acorde con los principios de economía,
eficiencia y eficacia.
c)
Cumplir la programación establecida para la adquisición de bienes y
servicios, así como la correspondiente a la ejecución física y financiera.
d)
Suministrar oportunamente los bienes y servicios para la operación del
fideicomiso, de conformidad con los requerimientos establecidos en la
programación de la ejecución física y financiera.
e)
Coordinar oportunamente con aquellas instancias internas y externas que
tienen incidencia directa con la ejecución de los ingresos y egresos
presupuestarios.
|
4.2.2.
Aspectos que deben considerarse en la ejecución del
presupuesto
|
El
presupuesto del fideicomiso se deberá ejecutar de conformidad con lo
siguiente:
a) Los
objetivos y metas del plan y las normas legales y contractuales vigentes que
rigen el fideicomiso.
b) Las
asignaciones presupuestarias aprobadas.
c) Las
políticas, criterios y procedimientos de registro, que permitan llevar
registros adecuados y oportunos que reflejen claramente las transacciones que
se realizan en el fideicomiso.
d)
Definir los mecanismos y procedimientos, así como las instancias
responsables, de la ejecución de los ingresos y egresos.
|
4.2.3.
Variaciones al presupuesto aprobado
|
|
4.2.3.1. Mecanismos
de variación al presupuesto
|
El presupuesto
aprobado podrá ser ajustado únicamente a través de los mecanismos
establecidos por el ordenamiento jurídico vigente, para lo que se deberán
considerar los requisitos, procedimientos y condiciones dispuestos por las
instancias internas y externas competentes.
|
4.2.3.2. Realización
de las variaciones
presupuestarias
|
La
administración de la institución fideicomitente deberá designar la unidad y
funcionarios responsables de realizar las variaciones al presupuesto del fideicomiso,
sin perjuicio de las obligaciones propias del fiduciario.
|
4.2.3.3. Reprogramación
de la ejecución
|
La
programación de la ejecución física y financiera deberá variarse de acuerdo
con los ajustes al presupuesto, cuando corresponda.
|
4.2.4. Informes de ejecución física y financiera y liquidación presupuestarias
|
|
4.2.4.1. Elaboración
|
Se
deberán elaborar informes periódicos de la ejecución física y financiera del
presupuesto y la correspondiente liquidación anual, acorde con las responsabilidades
propias del fideicomitente y del fiduciario. Lo anterior sin perjuicio de que
se emitan otros informes para efectos del control y la evaluación que deben
realizar las instancias competentes de la institución fideicomitente y del
fiduciario.
|
4.2.4.2. Requisitos,
procedimientos y condiciones de los
informes.
|
Los
informes de ejecución física y financiera del presupuesto se deberán ajustar
a los requisitos, procedimientos y condiciones establecidos por el
ordenamiento jurídico vigente y por las instancias internas y externas
competentes.
|
|
|
5.
Fase de Control presupuestario
|
|
5.1.
Aspectos generales
|
|
5.1.1. Alcance
|
El
control procura, durante la ejecución del presupuesto, medir, prevenir, identificar
desviaciones y realizar oportunamente las correcciones que correspondan, para
que la ejecución se mantenga dentro de los límites previstos en el
presupuesto, en los planes operativos anuales, de mediano y largo plazo y de
conformidad con el bloque de legalidad que rige el proceso.
|
5.1.2. Responsabilidades de los involucrados en el proceso presupuestario
|
Los
funcionarios involucrados en el proceso presupuestario son responsables del
cumplimiento de los controles internos y externos respectivos.
|
5.2.
Aspectos específicos
|
|
5.2.1.
Criterios
|
La
administración de la institución fideicomitente, al menos, deberá:
a)
Establecer mecanismos para que la información y resultados que genere el
control del presupuesto retroalimente el proceso presupuestario y la
planificación, de forma permanente, consistente y oportuna.
b)
Definir los controles sobre el presupuesto que consideren:
i- La
consecución de los objetivos del fideicomiso con eficiencia, eficacia y
economía de las operaciones.
ii- El
agregar valor y que su beneficio sea superior a su costo.
iii- Los
elementos relevantes para el cumplimiento de los fines del fideicomiso.
iv- Las
características de las diferentes actividades y procesos relacionados con la
ejecución del presupuesto.
c)
Desarrollar controles que garanticen que el proceso de ejecución y el
suministro de información sean confiables y oportunos, en procura de la
protección y conservación del patrimonio contra pérdida, despilfarro, uso
indebido, irregularidad o acto ilegal.
d)
Divulgar los controles establecidos y verificar su debida aplicación por
parte de los funcionarios involucrados.
e) Dar
seguimiento al avance físico del plan anual operativo y la ejecución del
presupuesto con respecto a los parámetros establecidos para determinar su
vinculación, el grado de desviación, sus causas y consecuencias, así como
aplicar las medidas correctivas que correspondan, entre ellas variar en lo
pertinente el plan anual de adquisiciones y la programación de la ejecución
física y financiera.
|
5.2.2. Control
previo, concomitante y posterior del
presupuesto
|
Las
medidas y las prácticas de control definidas por la administración de la institución
fideicomitente para la ejecución transparente, eficaz, eficiente y económica
de los recursos presupuestarios deberán establecerse en forma previa,
concomitante y posterior, lo cual dependerá del tipo de operación financiera
y de las orientaciones que establezcan las instancias internas competentes.
|
5.2.3. Acatamiento
de la normativa emitida por instancias
de control externo
|
El
jerarca y titulares subordinados relacionados con el proceso presupuestario
de la institución fideicomitente deberán tomar las previsiones y velar para
que se cumpla la normativa emitida por las instancias de control externo
competentes.
Los
responsables del control deberán informar a los niveles jerárquicos
respectivos, los resultados de su trabajo y proponer las opciones para que
éstos tomen las medidas correctivas del caso.
|
5.2.4. Evaluación
periódica de los controles
presupuestarios
|
La
administración de la institución fideicomitente deberá evaluar periódicamente
los controles establecidos, con el fin de procurar una mejor asignación y
utilización de los recursos presupuestarios y evitar su despilfarro, así como
para ajustarlos a los requerimientos establecidos por las instancias internas
y externas competentes.
|
|
|
6.
Fase de Evaluación presupuestaria
|
|
6.1.
Aspectos generales
|
|
6.1.1. Alcance
|
La
evaluación, como parte de la rendición de cuentas, valora cuantitativa y
cualitativamente los resultados y los efectos alcanzados en relación con los esperados
en el ejercicio presupuestario y su contribución al cumplimiento de los
fines, objetivos y metas. Esta fase incluye el análisis de las desviaciones y
la determinación de posibles acciones correctivas.
La
evaluación presupuestaria debe considerar entre otros, los hechos relevantes
de la realidad socioeconómica, así como generar información de interés para
la toma de decisiones y ejecución de las respectivas acciones.
|
6.2.
Aspectos específicos
|
|
6.2.1.
Criterios
|
La administración
de la institución fideicomitente, al menos, deberá:
a)
Establecer los mecanismos que permitan la recolección y suministro de la
información requerida por las instancias internas y externas competentes para
la evaluación, en forma oportuna.
b)
Definir los aspectos necesarios para que la información y resultados que
genere la evaluación presupuestaria retroalimenten el proceso presupuestario
y la planificación, de forma permanente, consistente y oportuna. Al respecto,
se deberá determinar y revisar periódicamente, de manera oportuna y expresa,
los destinatarios de los resultados de las evaluaciones.
c)
Identificar los efectos que tiene la prestación de los bienes y servicios en
sus usuarios y destinatarios. Lo anterior sin perjuicio de establecer los
mecanismos para medir el impacto de la gestión presupuestaria.
d)
Establecer los mecanismos que permitan conocer los requerimientos de
información de los destinatarios de los resultados de las evaluaciones, en
procura de que el ciudadano pueda verificar la transparencia de la gestión
presupuestaria.
|
6.2.2. Evaluación
sistemática y periódica
|
La
administración de la institución fideicomitente deberá establecer los
mecanismos que permitan realizar la evaluación presupuestaria, en forma
sistemática y de acuerdo con los requisitos, procedimientos y condiciones
establecidos por las instancias internas y externas competentes.
|
|
|
7.
Sistemas de Información
|
|
7.1.
Requerimientos para los sistemas de información
|
La institución
fideicomitente y el fiduciario deberán contar con sistemas de información
integrados, así como mantenerlos, para acceder, identificar y registrar
información confiable, relevante, pertinente y oportuna sobre el presupuesto
del fideicomiso, de modo que permita el control interno y posibilite el
control externo, fomente la transparencia en la gestión y facilite la
rendición de cuentas. Asimismo, deberán establecer los medios tecnológicos y
de comunicación que faciliten el intercambio de datos y documentos con los
sistemas de información establecidos por las instancias externas competentes.
|
7.2.
Medidas de seguridad para los sistemas de información internos
|
La
administración de la institución fideicomitente y el fiduciario deberán
diseñar, implantar y mantener medidas de seguridad para los sistemas internos
de información relacionados con el proceso presupuestario del fideicomiso, de
manera que se garantice su confiabilidad, la veracidad y exactitud de la
información.
|
7.3.
Empleo y actualización de los sistemas externos de información
|
El
jerarca de cada institución fideicomitente deberá establecer las acciones
pertinentes para que la información de los sistemas externos se mantenga
actualizada y se dé un uso adecuado, conforme los requerimientos que sean
establecidos por las instancias competentes.
|
7.4.
Calidad de la información
|
La unidad
encargada del proceso presupuestario del fideicomiso, considerando las
responsabilidades que le competen legal y contractualmente al fiduciario, deberá
establecer los mecanismos y procedimientos necesarios para que la información
que se genere en dicho proceso sea oportuna, consistente, completa y precisa,
así como comprobable por los medios físicos o electrónicos utilizados, de
conformidad con los sistemas de información institucionales.
También
deberá definir las acciones necesarias para que dicha información
retroalimente el proceso presupuestario y la planificación, de forma
permanente, consistente y oportuna.
|
7.5.
Documentación
|
La
administración de la institución fideicomitente y el fiduciario deberán
implantar y aplicar políticas y procedimientos de archivo apropiados que
permitan mantener, de manera actualizada y protegida, la documentación física
y electrónica que ampara el desarrollo de cada una de las fases del proceso
presupuestario, la cual deberá estar disponible para usuarios internos y
externos.
|