PACTO SOCIAL FUNDAMENTAL INTERINO DE COSTA RICA
PACTO
SOCIAL FUNDAMENTAL INTERINO DE COSTA RICA
1º de Diciembre de 1821
En nombre de Dios Todopoderoso, Padre, Hijo y
Espíritu Santo, Autor y Supremo
Legislador de la Sociedad.
La provincia de Costa Rica, libremente
congregada y legítimamente representada por los legados reunidos en esta ciudad
(Cartago) de todos los pueblos que la componen y suscriben, teniendo en
consideración que por haberse jurado la independencia absoluta del Gobierno
español en ésta y las demás provincias del reino y aún en toda la América Septentrional
sobre diversas bases y principios, se hallan libres los pueblos para
constituirse en nueva forma de
gobierno; y deseando esta provincia conservarse libre, unida, segura y
tranquila por un pacto de unión y concordia, ínterin que informándose las otras
pueda concurrir al establecimiento de un gobierno supremo constitucional, se
constituye éste provisional. Al efecto,
después de haber conferenciado dichos legados cuanto ha parecido conveniente,
en uso de sus respectivos poderes y representación, han concluido y celebrado
el tratado siguiente:
CAPITULO 1º
De la
provincia
Artículo 1º.- La provincia de Costa Rica está en absoluta libertad y
posesión exclusiva de sus derechos para constituirse en una nueva forma de gobierno y será dependiente o confederada de
aquel Estado o potencia a que le
convenga adherirse, bajo el preciso sistema de absoluta independencia del
Gobierno español y de cualquiera otro que no sea americano.
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