Buscar:
 Normativa >> Reglamento municipal 036 >> Fecha 06/09/1999 >> Articulo 4
Internet
Año:
Buscar en:





Opciones:
Guardar
Imprimir


<<     Artículo 4     >>
Normativa - Reglamento municipal 036 - Articulo 4
Ir al final de los resultados
Artículo 4
Versión del artículo: 1  de 1
Artículo 4°-La Municipalidad coordinará acciones con los Síndicos, Concejos de Distrito, Asociaciones de Desarrollo y Juntas d

Artículo 4°-La Municipalidad coordinará acciones con los Síndicos, Concejos de Distrito, Asociaciones de Desarrollo y Juntas de Vecinos, para garantizar el cumplimiento de los deberes de los propietarios, establecidos en este reglamento

 


 

Ir al inicio de los resultados