CAPÍTULO II
CAPÍTULO II
Parámetros de análisis obligatorio para
vertidos de aguas residuales
Artículo 13.—Alcance del presente capítulo. El presente capítulo
establece los parámetros fisicoquímicos y microbiológicos que deberán ser analizados
obligatoriamente en las aguas residuales que se viertan en un cuerpo receptor o
alcantarillado sanitario.
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