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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 33601 >> Fecha 09/08/2006 >> Articulo 45
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Normativa - Decreto Ejecutivo 33601 - Articulo 45
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Artículo 45
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Artículo 45

Artículo 45.—Costos de elaboración del reporte operacional. Todos los costos relacionados con la elaboración de los reportes operacionales serán asumidos por el ente generador.


 

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