4
Organización:
Artículo 4º.- Para cumplir los propósitos
señalados por esta ley la Dirección General de Adaptación Social contará con la
siguiente estructura:
a) Dirección de Adaptación Social;
b) Subdirección de Adaptación Social;
c) Auditoría;
d) Departamento Administrativo, con las
secciones correspondientes;
e) Instituto Nacional de Criminología;
f) Departamento Técnico, con las secciones
correspondientes;
g) Departamento Industrial y Agropecuario,
con las secciones correspondientes;
h) Centros de Adaptación Social; e
i) Patronato de Construcciones, Instalaciones
y Adquisición de Bienes.
|