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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 26179 >> Fecha 07/07/1997 >> Articulo 7
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Normativa - Decreto Ejecutivo 26179 - Articulo 7
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Artículo 7°-Rige a partir de su publicación

Artículo 7°-Rige a partir de su publicación.

 

Dado en la Presidencia de la República.-San José, a los siete días del mes de julio de mil novecientos noventa y siete.

 

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