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 Normativa >> Ley 7097 >> Fecha 18/08/1988 >> Articulo 16
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Normativa - Ley 7097 - Articulo 16
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Nº 7097

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA

DE LA

REPUBLICA DE COSTA RICA

DECRETA:

ARTICULO 16.- Autorízase al Estado y sus instituciones y a los gobiernos locales, para que traspasen, vendan o donen bienes muebles e inmuebles de su propiedad, según el detalle que se indica a continuación:

1º.- Autorízase al Ministerio de Educación Pública para que hipoteque las siguientes propiedades inscritas a su nombre: Finca "La Llovizna", con un área total de 16 hectáreas 99019,74 metros cuadrados, resultado de la unión de dos fincas: la menor con un área de 7 hectáreas 6423,16 metros cuadrados inscrita en el Registro Público en el tomo 1461, folio 492, número 128823, asiento 13, y la finca mayor con un área de 8 hectáreas 3867.52 metros cuadrados, inscrita en el Registro Público en el tomo 1680, folio 42, número 011518, asiento 37, ambas ubicadas en la calle Tornillal en San Jerónimo, distrito segundo, cantón décimocuarto, Moravia, provincia de San José; datos según el plano catastrado S.J. 748340-88. La hipoteca se hará con el objeto de ofrecerlas en garantía hipotecaria, para la obtención de un préstamo, a fin de construir un centro de convenciones para uso de dicho Ministerio.

2º.- Autorízase al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) para que le done al Instituto Costarricense de Turismo (ICT) un área de aproximadamente diez hectáreas de terreno, ubicadas en la presa Sangregado en el Lago de Arenal; coordenadas LATITUD: entre 2705 y 2720, LONGITUD: entre 4530 y 4540, hoja I.G.N. Tilarán, 3247 III. Este terreno será utilizado en la construcción del proyecto Parque de Recreación y Servicios Múltiples del Lago de Arenal.

3º.- Autorízase a la Junta de Educación de la Escuela Filomena Blanco de Vista de Mar de Goicoechea para que venda las fincas de su propiedad que se detallan a continuación:

Tomo Folio Número Asiento Area M²

A. 858 67 52764 6 10688,42

2817 278 7

B. 1125 477 92770 4 908,56

C. 1125 479 92772 4 908,56

D. 1125 481 92774 4 908,57

Estos terrenos serán vendidos exclusivamente para la construcción

de viviendas.

4º.- Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para

que le done a la Asociación Cartaginesa de Atención de la Tercera Edad,

un lote de 3.478.10 metros cuadrados, de su finca Nº 3-009- 044-000,

inscrita en el partido de Cartago.

5º.- Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para

que le traspase a la Municipalidad de Coronado, sin costo alguno, siete

mil quinientos metros cuadrados de la Finca Vargas, ubicada en San

Isidro. Este terreno se destinará para las siguientes organizaciones

sociales: Movimiento Familiar Cristiano, Centro Diurno para Ancianos y

Biblioteca Pública.

6º.- Autorízase al Instituto de Desarrollo Rural(*) para que le traspase cinco manzanas de terreno al Concejo Municipal del distrito de Cervantes, de los terrenos que fueron propiedad de don Alfonso Madriz Zamora, o sea, de la Compañía Agrícola de Santiago. Estos terrenos se encuentran ubicados seiscientos metros al oeste del templo católico del distrito de Cervantes, frente a la carretera Nacional. Dos manzanas serán para el cementerio nuevo de Cervantes y tres para programas de vivienda para personas de escasos recursos económicos.

(*) (Modificada su denominación por el artículo 14° de la Ley N° 9036 del 11 de mayo de 2012, "Transforma el Instituto de Desarrollo Agrario (IDA) en el Instituto de Desarrollo Rural (INDER) y Crea Secretaría Técnica de Desarrollo Rural")

7º.- Autorízase al Ministerio de Agricultura y Ganadería para que

le done a la Municipalidad de Cañas el tractor (en mal estado) que tiene

las siguientes características: marca Hinomoto BEST E 23 Nº de

patrimonio 100012, serie 21136.

8º.-Autorízase al Ministerio de Justiciay Gracia para que venda en

forma total o fraccionada, con base en el avalúo realizado por el

Ministerio de Hacienda, la finca inscrita a nombre de la Dirección

General de Adaptación Social, tomo 645, folio 574, número 33308, asiento

18. El dinero producto de la venta se depositará a la orden del Patronato

de Construcciones, Instalaciones y Adquisiciones de Bienes de la

mencionada Dirección, a fin de dedicarlo a la compra de otra finca para

sustituir la que se autoriza vender, para edificar las instalaciones

necesarias para trasladar a los internos recluidos en el Centro de

Confianza La Soledad. Una vez adquirida la nueva finca y construidas las

nuevas instalaciones, se procederá al traslado de los internos.

9º.-Autorízase al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para

que traspase, ceda o done, a la Municipalidad del cantón de Tibás, el

terreno ubicado en Cinco Esquinas de Tibás, veinticinco metros al norte

del paso a nivel del Ferrocarril al Atlántico, contiguo a la quebrada

Rivera, donde está instalado el plantel municipal.

10.-Autorízase al Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT)

para que le done al Colegio de Geólogos de Costa Rica, libre de todo

tipo de gravámenes, un terreno ubicado en la provincia de San José, a

fin de que sea utilizado para la construcción de su sede central. Se

autoriza a los ministerios y a las instituciones autónomas y

semiautónomas para que donen materiales para llevar a buen término la

construcción de dicha obra.

(*) 11.-Autorízase al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para

que le done a la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de

Brasil de Santa Ana, una faja del terreno ubicado al costado norte de

la radial de Ciudad Colón, trescientos o cuatrocientos metros de la

entrada a Brasil de Santa Ana, detrás de la iglesia y de la escuela de

esa comunidad, para que se construya un salón comunal.

(*) ANULADO por Resolución de la Sala Constitucional Nº 3259 de las 9:57

horas del primero de julio de mil novecientos noventa y cuatro.

12.-Autorízase a la Municipalidad de Curridabat para que le done

la finca inscrita en el tomo 3113, folio 137, número 302452, asiento 1,

a la Asociación de Vivienda de Autogestión y Ayuda Mutua de Curridabat,

cédula jurídica Nº 3-002-087412-30.

(*) 13.-Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea para que le done

a la Cooperativa de Vivienda COOPECASA, para la construcción de

multifamiliares, el terreno situado en la urbanización Zetillal,

distrito quinto, cantón octavo, folio real Nº 1134694, con un área de

8.474.13 metros cuadrados, inscrito en el Registro Nacional bajo el

número SJ-586969-85.

(*) ANULADO por Resolución de la Sala Constitucional Nº 554-97 de las

14:57 horas del 28 de enero de 1997.

14.-Autorízase a la Municipalidad de Goicoechea para que le

traspase al Ministerio de Gobernación y Policía, el lote o terreno

destinado a parqueo marcado con la letra A, situado en la urbanización

Zetillal, distrito quinto, cantón octavo de la provincia de San José,

linderos norte y sur, resto reservado en parte, y en otra, alameda

Membrillo; este, calle Las Ciruelas y oeste calle Los Mangos. Mide

1400.01 metros 69 decímetros cuadrados. Este terreno se empleará para

la construcción de casetas de vigilancia de la Guardia de Asistencia

Rural y de una oficina anexa de CORTEL.

15.-Autorízase al Poder Ejecutivo para que el Ministerio de

Educación Pública realice la permuta de los derechos que tiene sobre

bienes inmuebles de la Escuela Santa Marta y La Palma de Buenos Aires,

Puntarenas, que consisten en dos terrenos de un área total de 11.902 m²,

valorados en ¢ 902.675 y construcciones valoradas en ¢ 2.721.000, según

los avalúos de la Tributación Directa Nos. 845- 86 y 846-46.

El canje lo realizará con la Compañía Corporación de Desarrollo

Piñero de Costa Rica, S.A. (PINDECO, S.A.), la que entregará al Estado

un terreno similar de 11.902 m², según el plano catastrado P-688825-87,

y ¢2.721.000 en efectivo, como pago de las construcciones existentes en

los inmuebles. Esta suma será depositada en la "Cuenta Depósitos y

Fondos de Terceros, Ministerio de Educación Pública, código 13-003, para

el pago de gastos varios en el mejoramiento de la infraestructura

física", que será aplicada para la construcción del nuevo edificio

escolar donde se reubicarán y fusionarán las dos instituciones

educativas.

16.-Autorízase al Estado para que le traspase el inmueble inscrito

a su nombre en el folio real número 48.015000, ubicado en el distrito

y cantón primeros de la provincia de San José, al Centro Costarricense

de Producción Cinematográfica. La escritura será formalizada ante la

Notaría del Estado, exenta de todo tipo de derechos, timbres, impuestos

y pago de honorarios de abogado.

17.-Autorízase a la Unión Cantonal de Asociaciones de Desarrollo

Comunal del Cantón de San Carlos para que compre una microcomputadora

libre del impuesto de ventas, que será donada al Ministerio de

Planificación y Política Económica, para que sea utilizada por ese

Ministerio en la Dirección Regional de la Zona Huetar Norte.

18.-Autorízase al Estado para que, por medio del Ministerio de

Obras Públicas y Transportes o de la Dirección General de Aviación

Civil, pueda donar terrenos a la Asociación Hogares Crea de Costa Rica,

ubicada en Alajuela, para la construcción e instalación de su sede.

19.-Autorízase al Ministerio de Justicia para que traspase,

gratuitamente, a la Municipalidad de San Carlos, las instalaciones

construidas en Ciudad Quesada, donde actualmente se encuentra la Unidad

de Admisión de Adaptación Social de San Carlos, para que sean destinadas

a biblioteca pública. La entrega del edificio se hará en el momento en

que el Ministerio de Justicia haya construido la nueva unidad de

admisión en el cantón de San Carlos, en los terrenos donados por la

Municipalidad del cantón.

20.-Autorízase al Instituto Costarricense de Ferrocarriles para que

le done a la Asociación Nacional de Tenderos y Abarroteros de Alajuela,

los terrenos de su propiedad, ubicados en Molinos y Monserrat de

Alajuela, a fin de que dicha asociación pueda construir en ellos su

almacén de abarrotes.

21.-Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para

que le done terrenos de su propiedad, ubicados en el INVU Las Cañas de

Alajuela, a la Asociación de Desarrollo Integral de la Comunidad de El

INVU Las Cañas, para desarrollar en ellos programas de vivienda.

22.-Anulado. (Anulado este inciso mediante resolución de la Sala Constitucional N° 56-08, del 09 de enero del 2008.)

23.-Autorízase a la Municipalidad de Vásquez de Coronado para que

compre el lote de 1.710,29 metros cuadrados, inscrito en el partido de

San José, folio real número 1-322370-000, para construir en él un centro

de atención integral (CAI) en San Pedro. El precio que se pagará por el

lote será el indicado por el Departamento de Avalúos de la Tributación

Directa.

24.-Autorízase a la Municipalidad de Oreamuno para que done el

terreno donde está actualmente el cementerio de Potrero Cerrado, para

que sea administrado por la Junta Administrativa de Potrero Cerrado.

25.-Autorízase a las empresas públicas e instituciones del Estado

para que le donen vehículos usados al Ministerio de Gobernación y

Policía, a fin de que sean utilizados en las delegaciones de la Guardia

de Asistencia Rural. Igualmente podrán hacer estas donaciones a las

municipalidades y uniones cantonales de desarrollo comunal.

26.-Autorízase al Consejo Nacional de Deportes para que le traspase

al Comité Cantonal de Deportes de San Pedro de Poás, la finca

perteneciente a la Dirección General de Educación Física y Deportes,

ubicada en San Rafael de Poás, distrito 2 del cantón 8 (Poás), provincia

de Alajuela, inscrita en el partido de Alajuela, tomo 2472, folio 545,

número 169252, asiento 2, con la situación, medida y linderos que indica

el Registro Público. Estos terrenos están destinados a la construcción

de instalaciones deportivas, destino que no podrá variarse ni total ni

parcialmente.

27.-Autorízase a la Municipalidad de Poás para que le done la finca

matrícula 114377-000 inscrita en el Registro Público, sección de

microfilm, royo 222, imagen 549, con medida 6752,87 decímetros

cuadrados, a la Asociación Pro Atención del Ciudadano Poaseño de la

Tercera Edad, para que construya en ese lugar un alberque para

ancianos.

28.-Autorízase a la Municipalidad de Alajuela para que utilice los

recursos provenientes de la plaza de ganado de Montecillos, durante los

períodos 87, 88 y 89, para la adquisición de terrenos que servirán de

sede a la Universidad Estatal a Distancia.

29.-Autorízase a la Municipalidad de Atenas para que le done al

Instituto Mixto de Ayuda Social, el lote de terreno adquirido en

Concepción de Atenas, que se encuentra registrado bajo el número de

finca 95606, tomo 1204, folio 168, provincia de Alajuela, a efecto de

destinarlo a programas de vivienda para personas de escasos recursos

económicos del cantón.

30.-A fin de que la Municipalidad del cantón central de Cartago

proceda a la inscripción ante el Registro de la Propiedad, se autoriza

a la Asociación Deportiva Club Sport Cartaginés para que le traspase el

inmueble destinado a su sede administrativa, que es terreno con

construcciones y plaza de deportes, y que se compone de dos manzanas en

la ciudad de Cartago, dividida cada una por la avenida primera, que

colinda al sur de la primera manzana y al norte de la segunda, situadas

ambas entre calles 15 y 17, siendo la avenida segunda el lindero norte

de la primera manzana y la avenida tercera el lindero sur de la segunda

manzana. El terreno está inscrito en el Registro Público, partido de

Cartago en varias fincas, con los siguientes números: 1.267, 1.296,

5.132, 5.201, 14.222, 14.226, 19.286 y 19.934, con sede en el distrito

segundo del cantón primero de la provincia de Cartago. El inmueble se

traspasará a la Municipalidad de Cartago, cantón central, a fin de

proceder a la construcción proyectada en él, de la denominada plaza de

la Independencia.

A su vez, se autoriza el traspaso, a las Temporalidades de la

Arquidiócesis de San José, cédula jurídica Nº 3-010-045 148-25, del

inmueble donde están construidas las siguientes instalaciones: Capilla

de la Rectoría de María Auxiliadora, Salón Comunal Pío XII, y las

edificaciones completas de las oficinas de dicha rectoría. Procédase a

los trámites de inscripción ante el Registro de la Propiedad. La

inscripción de los documentos mediante los cuales se realizarán los

traspasos autorizados por esta ley, estarán exonerados del pago de toda

clase de tasas, timbres, derechos e impuestos nacionales y municipales.

31.-Autorízase al Ministerio de Gobernación y Policía para que le

traspase el lote donde estuvo ubicada la antigua delegación de la GAR

en Guacimal de Puntarenas, a la Asociación de Desarrollo Integral de la

Comunidad de Guacimal de Puntarenas. Dicho lote será utilizado por la

Asociación en la construcción de dos viviendas populares.

32.-Autorízase al Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo para

que le traspase, a las Temporalidades de la Iglesia Católica, el terreno

donde se construye la iglesia católica de la comunidad de Mora, distrito

quinto, cantón octavo, provincia de San José.

33.-La Asociación Interinstitucional de Trabajo y Promoción Social

de Heredia, y la Fundación Esperanza, Paz y Progreso, traspasarán a la

Liga de Municipalidades de Heredia, a título gratuito, la totalidad de

sus activos, previo inventario y recibo por parte de la Contraloría. El

edificio, los terrenos, los dineros y los saldos de las partidas y

transferencias serán distribuidos entre la Empresa de Servicios Públicos

de Heredia, la Federación de Asociaciones de Desarrollo, DINADECO, el

IMAS y los municipios de la provincia.

34.-Desaféctase de cualquier destino del dominio público, un lote

de 2.500 metros cuadrados que se segregará del inmueble propiedad de la

Municipalidad de San José, inscrito en el partido de San José, tomo

3.042, folio 221, número 296,679, asiento 2. Este lote se donará al

Ministerio de Salud para la creación de un CEN-CINAI en la comunidad de

Lomas del Río de Bri Bri, en Rincón Grande de Pavas.

35.-Autorízase a la Municipalidad de Desamparados para que le done

al Ministerio de Seguridad Pública, el terreno con un área de 1.881 m²,

con el fin de que se instale una comisaría de la Guardia Civil en el

cantón de Desamparados. Dicho terreno es parte de finca inscrita en el

tomo 3092, folio 145, asiento 1, número 300076, con un área de 7.581 m²,

sita en la ciudadela Las Gravilias, en donde actualmente se encuentra

el salón comunal.

36.-Autorízase a la Municipalidad de Corredores para que le

traspase, a la Cámara de Ganaderos del Cantón de Corredores, los

terrenos que fueron comprados a la Compañía Bananera, para la

instalación de la plaza de ganado, el campo de fiestas y demás obras de

interés comunal.

37.-Autorízase al Instituto Nacional de Aprendizaje para que le

done a la Asociación Deportiva Asturias, cédula jurídica Nº 3-002-

0161864-37, el lote inscrito en el partido de Puntarenas, folio 33,

asiento 1, tomo 2795, número 36280, distrito de Puntarenas, manzana Nº

65. En dicha propiedad esta Asociación ubicará su sede deportiva.

38.-Autorízase al Ministerio de Obras Públicas y Transportes para

que le done el terreno de su propiedad inscrito en el partido de San

José, tomo 2930, folio 91, número 288.755, asiento 1, a la Federación

Nacional de Cooperativas de Transporte (FENACOOTRA, R.L.), cédula

jurídica número 3-0041071030-27. Unicamente para este efecto, dicho

traspaso estará exonerado del pago de impuestos directos e indirectos,

municipales o nacionales, así como de derechos de registro.

39.-Autorízase al Estado para que traspase, a título gratuito, las

fincas inscritas en el partido de San José, tomo 2464, folio 397, Nº

253422, asiento 1, y la finca Nº 274317, tomo 2719, folio 579, asiento

1, la primera a la Cooperativa de Ahorro y Crédito de Empleados

Ferroviarios y Portuarios (COOPEFEP) y la segunda al Sindicato de

Educadores Costarricenses (S.E.C.), para desarrollar programas de

vivienda para familias de escasos recursos económicos. La Notaría del

Estado hará los traspasos respectivos, libres de todo tipo de impuestos

y tasas, timbres, derechos y honorarios.

40.-Autorízase al Ministerio de Agricultura y Ganadería (M.A.G.)

para que le done a la Asociación de Desarrollo Integral de Puerto Viejo,

cédula jurídica 3-008-084013-11, el lote de terreno ubicado en Puerto

Viejo, cantón 10, Sarapiquí, provincia de Heredia, con un área total de

1 Ha. 3284-23, tomos 1497-1687 AS 2-2, folios 162-527, Nº 50026 - 54357.

41.-Autorízase al Estado para que le traspase a las cooperativas

establecidas en el sur del país, las tierras producto de la negociación

entre el Gobierno de Costa Rica y la Compañía Bananera. Las cooperativas

que se beneficiarán son: a) COOPALSUR, R.L., b) COOPEADELANTE, R.L., c)

COOPROPALCA, R.L..

42.-Autorízase a la Municipalidad de Desamparados para que done

su finca inscrita en el folio real Nº 1161797-000, sita en urbanización

Dos Cercas, distrito Damas, conforme con el siguiente detalle:

a) Temporalidades de la Arquidiócesis de San José, 400 metros

cuadrados, para construcción del templo católico.

b) Ministerio de Gobernación y Policía, 50 metros cuadrados, para

la construcción de la delegación de la Guardia de Asistencia Rural.

c) A las familias que viven en precario en esta propiedad, para lo

cual será obligación del Ministerio de Vivienda y Asentamientos Humanos

atender todo lo referente a la solución de vivienda en el Instituto

Nacional de Vivienda y Urbanismo y en el Instituto Mixto de Ayuda

Social.

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