Transitorio cuarto: Las Unidades Ejecutoras de Programas Especiales
continuarán desarrollando sus actividades, mientras no se
Transitorio
cuarto:
Las Unidades Ejecutoras de Programas Especiales continuarán desarrollando sus
actividades, mientras no se proceda el establecimiento de los órganos provinciales
competentes.
Dado en la Presidencia de la
República.-San José, a los diez días del mes junio de mil novecientos noventa y
dos.
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