Prorrateo entre oferentes de las acciones
Sobreoferta
de acciones
Artículo
14.-Si en los procesos de venta de las acciones de CEMPASA y FERTICA, a que se
refieren los artículos 9 inciso a), 10 inciso a) y 11 acápite 2 de este
Reglamento, la suma de acciones que se ofrezca comprar por los interesados es
mayor al total de acciones disponibles para el grupo que corresponda, de
conformidad con los porcentajes que señala el inciso k) del artículo 10 de la
ley, se adjudicará por cociente, que es la cifra que se obtiene .de dividir el
número de acciones correspondiente a cada uno de los grupos, entre el número
de oferentes que haya en cada grupo; las ofertas menores o iguales al cociente
se adjudicarán completamente, las ofertas superiores al cociente recibirán un
número de acciones igual al cociente; las acciones no distribuidas, se
adjudicarán entre las ofertas superiores al cociente, aplicando sucesivamente
este mismo procedimiento. Si el remanente de acciones fuere menor al número de
oferentes no satisfechos, se adjudicarán las acciones disponibles en orden
descendente a partir de quien más solicitó.
(Así reformado mediante el artículo 1° del
decreto ejecutivo N° 22600 del 11 de octubre de 1993).
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