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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22339 >> Fecha 09/07/1993 >> Articulo 23
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22339 - Articulo 23
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Artículo 23
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Trabajadores de las empresas con derecho a participar

Trabajadores de las empresas con derecho a participar

 

Artículo 23.-1. Para el caso del inciso a) del artículo 16 del presente ReglameRto, se consideran trabajadores legitimados para participar en el proceso de venta, aquellos que hayan figurado en las planillas de la empresa respectiva, al treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y dos, aún cuando al momento de su participación, ya no figuren en las planillas por no estar laborando para la compañía.

2. Asimismo, podrán participar en la compra de acciones, los trabajadores de las empresas que figuren en las planillas a la fecha de presentación de sus ofertas,, aún cuando hubieren sido contratados con posterioridad a la fecha indicada en el acápite anterior.

3. Los gerentes generales de cada una de las compañías, según se trate, deben certificar, con base en las planillas reportadas a la Caja Costarricense de Seguro Social, los nombres y apellidos, los respectivos números de cédula de identidad, de los trabajadores que se encuentren en las circunstancias indicadas en los acápites anteriores, para los fines de demostración del derecho que tengan para participar en el proceso de venta de las acciones de las citadas compañías.


 

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