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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 22339 >> Fecha 09/07/1993 >> Articulo 25
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Normativa - Decreto Ejecutivo 22339 - Articulo 25
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Artículo 25
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Pequeños inversionistas y productores agrícolas y pecuarios

Pequeños inversionistas y productores agrícolas y pecuarios

 

Artículo 25. -Para efectos de lo establecido en los artículos 13, 17, incisos f) y h) Y 22 del presente Reglamento, las expresiones "pequeños inversionistas" y "pequeños productores agrícolas y pecuarios", comprenden a toda persona física o jurídica nacional en los términos precisados en el artículo 21 de este Reglamento, que ofrezca adquirir hasta el cuarto del uno por ciento (0,25%) del capital accionaría de cualesquiera de las empresas en venta.


 

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