Notificación de los actos
Notificación
de los actos
Artículo
48.-La adjudicación o la resolución que declara desierto el concurso,
será
comunicada a los interesados, mediante publicación en tres diarios, de
circulación nacional, sin perjuicio de la notificación a la parte interesada
que hubiere señalado lugar donde atenderlas en la ciudad de San José.
(Así reformado mediante el
artículo 1° del decreto ejecutivo N° 22600 del 11 de octubre de 1993).
|