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 Normativa >> Decreto Ejecutivo 18715 >> Fecha 29/11/1988 >> Articulo 1
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Normativa - Decreto Ejecutivo 18715 - Articulo 1
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Artículo 1
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N° 18715

N° 18715

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

Y LOS MINISTROS DE PLANIFICACION NACIONAL Y POLITICA ECONOMICA

Y DE AGRICULTURA Y GANADERIA,

 

En uso de las facultades conferidas por el articulo 140 incisos 3) y 18) de la Constitución Política y de conformidad con el articulo 18 de la Ley de Planificación Nacional N° 5525 de 2 de mayo de 1974;

 

DECRETAN :

 

Artículo 1°-Modificase el articulo 2° del decreto ejecutivo N° 17546 de 24 de marzo de 1987, que crea la Comisión Nacional de la Papa, para que en adelante se lea como sigue:

 

"Artículo 2°-La Comisión estará integrada de la siguiente manera:

 

a) Por un representante del Ministerio de Agricultura y Ganadería, nombrado por el Ministro.

b) Por un representante del Sistema Bancario Nacional.

c) Por un representante del Sector Cooperativo.

ch) Por un representante de UPANACIONAL.

d) Por dos representantes de la Cámara de Productores de Papa.

e) Por un representante de las empresas comercializadoras, que será elegido de ternas que se le presenten al MAG.

f) Por un representante de los productores de semilla de papa, que será elegido de ternas que se le presenten al MAG.

g) Por un representante de los productores independientes, que será elegido de ternas que se le presenten al MAG."

 


 

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